Resumen
La
historia política reciente de la provincia del Chaco, desde el retorno a la
democracia en 1983, tuvo dentro de otros sucesos, una reforma constitucional.
Dicha reforma impactó notoriamente sobre el sistema político provincial,
modificando cuestiones vinculadas al poder ejecutivo.
Este
trabajo, se propone explicar la participación de las elites partidarias de las
distintas ciudades y pueblos del Chaco en la reforma constitucional de 1994. Se
presta especial atención a los orígenes y las distintas carreras políticas de
los convencionales constituyentes.
Se
halló que los orígenes de los convencionales constituyentes provenían de
diferentes puntos geográficos de la provincia, de partidos mayoritarios y con
carreras políticas diferentes. Estos aspectos tuvieron amplia repercusión sobre
las ciudades y pueblos de provincia y en especial sobre las elites partidarias
provinciales.
Abstract
The recent political history of the
province of the Chaco, from the return to the democracy in 1983, had inside
other events, a constitutional reform. This reform had a notable impact on the
provincial political system, modifying issues related to the executive branch.
This paper proposes to explain the
participation of the party elites of the different cities and towns of the
Chaco in the 1994 constitutional reform. Special attention is given to the
origins and the different political careers of the constituent constituents.
It
was found that the origins of the conventional constituents came from different
geographical points of the province, of majoritarian parties and with different
political careers. These aspects had wide repercussion on the cities and towns
of province and especially on the provincial partisan elites
Participación
de las elites de las ciudades y pueblo en la reforma constitucional provincial
del Chaco de 1994.
Sergio
David Valenzuela
María
José Ruidiaz
Cátedra
Fundamentos de Ciencia Política.
Departamento
de Comunicación Social Facultad de Humanidades UNNE.
Introducción
La
historia política del Chaco, desde su provincialización hasta el presente ha
tenido dos constituciones y la segunda un proceso de reforma. En diciembre de
1951 se sanciona y en junio de 1952, se promulga una constitución denominada
fascista, para la entonces naciente provincia Presidente Perón y rige hasta la
sanción de la Provincia del Chaco en 1957. En el siguiente apartado retomaremos
y ampliaremos, esta cuestión.
Con
el paso del tiempo y el retorno a la democracia en 1983, se llevan adelante
elecciones nacionales y subnacionales, para todos los cargos en todo el
territorio nacional. Hacia finales de la década de los ’80, inicia un proceso
de reforma política en el que se modifican las constituciones provinciales y la
constitución nacional.
Tomando
como referencia la reforma constitucional, consideramos que resulta importante
preguntarnos, cuáles fueron los ejes de la reforma, qué partidos políticos
intervinieron en la reforma, de qué puntos geográficos de la provincia
provenían los convencionales, cómo aportaron las distintas ciudades y pueblos
al proceso de reforma, se encontraron representadas todas las elites de la
provincia en la reforma; y finalmente pesó más Resistencia o existió una
participación equitativa entre los diferentes puntos geográficos de la provincia,
en cuanto al origen de los convencionales.
En
el marco de estos interrogantes, este trabajo se propone explicar la
participación de las elites partidarias de las distintas ciudades y pueblos del
Chaco en la reforma constitucional de 1994. Para lograrlo se pondrá especial
atención a los orígenes y las distintas carreras políticas de los
convencionales constituyentes.
Consideramos
que una primera aproximación a estos interrogantes, y las explicaciones que se
puedan lograr, contribuir mínimamente a la reconstrucción de la historia
política recinto de la Provincia del Chaco. Y además, los aportes servirán
para ir cubriendo, las vacancias de conocimiento existentes en los estudios de
política subnacional sobre la provincia en estudio.
Materiales
y métodos
El
trabajo, toma las características de un estudio exploratorio sobre el tema de
investigación. En este sentido, se aborda un enfoque metodológico cualitativo con
la finalidad de determinar la influencia de las elites partidarias de los
distintos pueblos y ciudades de la Provincia del Chaco en la reforma
constitucional de 1994.
El
universo de estudio estuvo constituido por los treinta y dos convencionales
constituyentes. A los fines del trabajo, se los agrupo por partidos, ciudad o
pueblo de origen y género. El cruce de estas tres variables, permitió
establecer similitudes y diferencias entre las elites políticas de diferentes
puntos geográficos de la provincia.
Las
fuentes de información utilizadas fueron publicaciones periodísticas,
biografías personales e información publicada en las páginas web de los
municipios, partido políticos y legislatura provincial. En ellas se prestó
especial atención a los datos que remitían a los puntos geográficos de la
provincia de los que eran oriundos los convencionales.
La
configuración histórica del sistema político provincial
La
provincialización del Chaco, resulta de un proceso complejo que inicia en 1946
y finaliza en 1951, cuando por la Ley 14037 el territorio nacional pasa a
llamarse inicialmente Provincia Presidente Perón.
Las investigaciones sobre la provincialización remiten al hecho de que la
provincia naciente no tenía conformada ningún tipo de estructura administrativa
A
partir la provincialización surge la necesidad de establecer la constitución,
razón por la cual se llama a elecciones, a las que se presentaron el Partido
Justicialista, la Unión Cívica Radical, el Partido Comunista, el Partido
Socialista y el Partido Demócrata Progresista. Dados los resultados de los
comicios, la totalidad de los convencionales electos fue del Partido
Justicialista, con un 80% de los votos, lo cual da cuentas de que el andamiaje
electoral del Justicialismo fue diseñado para demostrar la unanimidad, sin
llegar a establecerse como un régimen de partido único.
En
el portal oficial de la legislatura, en las referencias a la historia
constitucional de la provincia, aparecen detallados los convencionales, que
como señalo precedentemente corresponden en su totalidad al Partido
Justicialista. Ellos eran: Alfonso De Schenini, H. N.; Cattaneo, Francisco
Ramón; Cañete, Manuel Pablo; Fernández, Avelino; Jarque, Eduardo; Moschino,
Alfredo Santiago; Ramírez, Ángel; Tamburini, Joaquín Hilario; Barrera, José
Roberto; Cañete de Aguirre, Cándida; Díaz de Feldman, Marina Ofelia; González,
Honorio León; Lavagno, Enrique Miguel; Pedrini, Ferdinando; y Sívori de Báez,
Joela.
Según
Leoni,
esta Constitución de 1951 tuvo importantes novedades respecto al poder
judicial, como el juicio mediante jurado, los tribunales del trabajo, las
indemnizaciones para procesados inocentes y la asistencia a su familia en el
caso de tratarse de obreros. Respecto del gobierno municipal, intendente de
Resistencia era desinado por el gobernador, y para ser candidato a concejal se
debía pertenecer a una asociación profesional. Esta carta magna, fue rechazada
por el radicalismo y el socialismo, bajo el argumente de que era
corporativista, fascista y anticonstitucional, razón por la que los partidos se
abstienen de participar en las elecciones de autoridades provinciales.
Con
posterioridad durante la revolución libertadora, en 1957 se modifica el nombre
de la jurisdicción y se sanciona la Constitución de la Provincia del Chaco, la
que resulto modificada en 1994.
Durante la intervención del Coronel Avalía, dispone la creación de una Comisión
Nacional de Estudios Constitucionales, con la finalidad de reunir una
Convención Constituyente. Esta fue convocada por Decreto Ley Nº 994 del 28 de
abril de 1957. En elecciones se llevaron adelante el 28 de julio de 1957, donde
se eligieron los integrantes, que fueron funcionarios provinciales y trabajaron
“Ad honorem”. Cabe recordar que el Partido Justicialista no pudo participar de
estas elecciones por estar proscripto.
Las sesiones comenzaron el 26 de agosto de 1957, en el local de la calle Brown
Nº 520 de Resistencia y culminaron el 01 de marzo de 1958. Los convencionales
eran veinticuatro, y representaban varios partidos políticos:
·
Unión Cívica Radical del Pueblo: Acosta,
Julio Eleuterio; González De Martina, Evangelista; Pisarello, Julio Guillermo;
Suau, Julio; Freschi, Pedro José; Leunda, Carlos Guido; y Rodríguez, Emilio
Federico.
·
Unión Cívica Radical Intransigente: Bandeo,
José; Martíni, Julio Argentino; Ramírez, Evaristo Humberto; Varela, Adolfo;
Gorsd, Natalio; Petraglia, Rodolfo Ángel; y. Romera, Luis Víctor.
·
Partido Socialista: Añasco, Benito; Rossi,
Edgardo; y, García, Celestino.
·
Partido Demócrata Conservador Popular:
Castells, Ramón Alberto; Varela, Adolfo; y Lubary, Ginés Ángel.
·
Partido Demócrata Progresista: Álvarez
Hayes, Pablo Ulises; y, Vargas, Oscar Raimundo.
·
Partido Unión Federal: Marpegan, Mario.
·
Partido Demócrata Cristiano: Maldonado,
Iván José.
El
proceso de reforma de la constitución de la provincia en 1994
La
reforma de la constitución, no resulta un proceso y presenta una serie de
características que, en nuestro país, varían de acuerdo a las provincias. En
general, resultan necesarios tres pasos para reformar las constituciones, en
primer lugar la aprobación de la Ley de Necesidad de Reforma por dos tercios de
la legislatura, que en el caso de Chaco
requiere mayorías especiales.
En segundo, en el caso de las legislaturas provinciales, la aprobación de las
dos cámaras. Y en tercer lugar, una vez aprobada la ley, convocar a elecciones
de convencionales y poner fechas para llevar adelante el proceso.
En
este marco, el proceso de reforma inicia en 1993, y la reforma de lo que los
estudios de Ciencia Política denominaron constitución de los tres tercios,
se llevó adelante en 1994. Los datos oficiales dan cuenta de que el proceso
inicio en junio y finalizo en noviembre de dicho año y las sesiones se
realizaron en las ciudades de Resistencia, Presidencia Roque Sáenz Peña, Villa Ángela,
Las Breñas, General San Martín y Juan José Castelli. Las
noticias periodísticas de la época, señalan que las sesiones en el interior se
llevaron adelante por las localidades mencionadas por voluntad de la
convención, dado que la ley le permitía fijar lugares para el desarrollo de las
sesiones.
El
mecanismo implicaba, que para cada sesión realizada en las ciudades
mencionadas, se trataran bloques de artículos, ordenados numéricamente en forma
ascendente, de manera que trabajaba en cada sesión con un orden que implicaba
discutir puntualmente la modificación del articulado constitucional, tratándose
especialmente los temas que generaban controversias, conflictos reformas
profundas.
El
proceso tuvo origen en la Ley Provincial N° 3952, que estableció la necesidad
de reforma. A partir de ello, la reforma modificó sesenta artículos de la Constitución
de 1957,
dentro de los cuales sobre salen los siguientes aspectos:
·
Modificación del sistema electoral
chaqueño, lo que implicaba que el gobernador seria electo directamente por
voluntad popular, modificación el sistema de elección por colegiatura.
·
División del gobierno municipal en
Ejecutivo y Legislativo, ampliando el mandato de ambos de dos a cuatro años.
·
Impedimento de privatización de las
empresas provinciales de servicios.
·
Previsión de mecanismos para el
otorgamiento de tierras a los aborígenes.
·
Dar rango constitucional a la carrera
judicial de magistrados, funcionarios y representantes del Ministerio.
·
El Nuevo Preámbulo con la
invocación de Dios como inspiración.
Finalmente,
una culminado el tratamiento, el 04 de noviembre de 1994, se realiza en el Cine
Teatro Español de Presidencia Roque Sáenz Peña, la ceremonia de Clausura de la
Convención Constituyente y el Juramento de la nueva Carta Magna provincial, a
la que se la designa como “Constitución de la Provincia del Chaco 1957 –
1994”.
Los
32 convencionales
Los
convencionales constituyentes fueron treinta y dos. A partir de ello, en
primera instancia se los agrupo nominalmente, de acuerdo a su filiación
partidaria:
·
Partido Justicialista: Arístides Omar
Ginesta; Florencio Tenev; María Inés Fioravanti de Klees; Jacobo Rach; Juan
Manuel Pedrini; Elsa Pascuala López de Galcerán; Julio René Sotelo; Antonio
Bosch; Gladys Ebe Barrios; Irineo Antonio Quiroga; Víctor Hugo Meana; Ana del
Carmen Abraham; Ítalo Amadeo Orso; Eduardo Fabio Colombo y Marta Elena Pereyra.
·
Por la Unión Cívica Radical: Carlos Guido
Leunda (h); Leandro Hipólito Máximo Salom; Susana Cristina Kempel; José Luis
Saquer; Daniel Javier Ruiz; Nélida María Prieto; Drago Grbavac; Fernando Luis
Lavenas y Vilma Esther Goujon.
·
Por Acción Chaqueña: Héctor Enrique
Tamburini; Rubén Galassi; Mónica Teresa Yedro; Jorge Agudo; Demetrio González;
Estefanía Plantich; Carlos Alberto Alasia y Antonio Canhan Besil.
A
partir de la nominación, el trabajo sobre las reformas, remite
a los porcentajes que representaban los convencionales partido y da cuentas de
que los que respondían al bloque del partido justicialista representaban el
47%, los del bloque del radicalismo el 28% y los del bloque de Acción Chaqueña,
el 25%. A partir del hecho de que si bien el Partido Justicialista, contaba con
la mayoría que en sí misma no resultaba suficiente para imponerse, surge la
denominación constitución de los tres tercios.
Respecto
de las carreras políticas de los convencionales, se halló entre los
convencionales de larga trayectoria que en general aparecía en la cabeza de la
lista, lo que implicaba lugares seguros en la convención. Respecto de las
personas y los puntos geográficos de donde provenían, resulta interesante
resaltar, por el PJ la presencia de un ex gobernador, Florencio Tenev,
reconocido por su trayectoria política y por ser de una conocida familia
búlgara que se asentó en Presidencia Roque Sáenz Peña. Otra persona importante,
fue Arístides Ginesta, quien encabezó la lista de convencionales del justicialismo,
en su trayectoria se encuentran cargos importantes como primer juez civil en la
historia de Resistencia; y la presidencia del Club Don Orione, la institución
deportiva más importante de Barranqueras. Por el radicalismo, sobresale Carlos
Guido Leunda, conocido abogado de Resistencia, con la particularidad de ser el
hijo de un representante del radicalismo en la primera convención
constitucional de la provincia en 1957. Finalmente por Acción Chaqueña,
aparecen profesionales destacados por su actividad profesional, y sobre sale la
presencia del Doctor en Ciencias Económicas Antonio Besil, oriundo de Villa
Berthet y reconocido académico preocupado por la problemática del algodón y que
además fue decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad
Nacional del Nordeste.
Además,
resulta interesante observa la cuestión de género. La participación de las
mujeres, sumando el total el de las convencionales electas por los tres
partidos, alcanzaba el 31% del total de los participantes de la convención. En
números concretos, de acuerdo a su filiación partidaria, cinco pertenecían al
Partido Justicialista, tres a la Unión Cívica Radical y dos a Acción Chaqueña. Respecto
de sus trayectorias, fue posible identificar, que provenían mayormente de
Resistencia, y en ejercían las profesiones de abogadas y docente, en la mayor
parte de los casas. La cuestión de género en la política chaqueña como lo
marcan los estudios, más allá de la trayectoria personales de peso que no
pueden ser desconocidas por el partido obedece a la ley de cupo, que
comenzaba a implementarse en épocas previas a la elección de convencionales.
Aportes
de las elites de diferentes ciudades y pueblos a la reforma constitucional
La
identificación de los diferentes puntos geográficos de la provincia de donde
provenían los convencionales, arrojó la siguiente distribución:
Tabla 1: Distribución de los convencionales
según ciudad de origen
Ciudad/Pueblo
|
N°
de Convencionales
|
Resistencia
|
17
|
Presidencia
Roque Sáenz Peña
|
4
|
Villa
Ángela
|
3
|
Puerto
Barranqueras
|
1
|
General
San Martin
|
1
|
Juan
José Castelli
|
1
|
Quitilipi
|
1
|
Las
Breñas
|
1
|
Villa
Berthet
|
1
|
Puerto
Tirol
|
1
|
Puerto
Vilelas
|
1
|
Total
|
32
|
Fuente: Elaboración
Propia a partir de
Información
biográfica de los convencionales.
A
partir de esta distribución es importante resaltar se vieron mayormente
representadas las ciudades de mayor tamaño y las dos localidades de más pequeñas
limitan con Resistencia. No obstante resulta importante desde el análisis
historiográfico, reconocer que además de la ciudad capital de la provincia,
aportaron a un hito en la historia política provincial diez ciudades de
diferentes puntos geográficos de la provincia.
Teniendo
en cuenta los partidos políticos y las localidades, el cruce de las dos
variables permite establecer la primacía de los partidos en las diferentes
localidades. La siguiente tabla ilustra el fenómeno.
Tabla
2: Prevalencia de partidos políticos en las ciudades que aportaron
convencionales.
Partidos Políticos
|
Partido Justicialista
|
Unión Cívica Radical
|
Acción Chaqueña
|
Ciudades
|
Resistencia, Presidencia. Roque Sáenz
Peña, Barranqueras, Villa Ángela, Quitilipi, Puerto Vilelas, Puerto Tirol.
|
Resistencia, Villa Ángela, General San
Martin, Las Breñas
|
Resistencia, Sáenz Peña, Villa Berthet
|
Fuente:
Elaboración Propia a partir de información referente
A
los partidos políticos y biografías personales de los convencionales
Esta
distribución da cuenta de dos cuestiones importantes, en primer lugar, la mayor
estructura territorial de las elites partidarias del Partido Justicialista, que
pudo tomar referentes de siete localidades diferentes. En segundo lugar, los
tres partidos, poseen la mayor cantidad de representantes en Resistencia, y la Unión
Cívica Radical y Acción Chaqueña, tienen presencia en ciudades medias y
pequeñas diferentes.
Además
de lo mencionado, llama la atención el hecho de que la convención en sus
sesiones haya rotado por distintas ciudades. Las fuentes periodísticas sólo
permitieron identificar, al momento de cierre del trabajo, el hecho de que la
rotación de ciudades se debió a la voluntad de la convención, y es importante
destacar que las ciudades en las que sesionó la convención, son las más
pobladas de la provincia y todas tenían al menos un convencional. Sobre los
espacios físicos utilizados para sesionar, sobre salen el recinto de la Cámara
de Diputados, el Aula Magna de la Universidad Nacional del Nordeste, y el Cine
Español de Sáenz Peña donde se realizó la jura en acto público. Además de lo
mencionado, conviene resaltar que luego del acto de jura de nueva Constitución
´Provincial, se inauguró en Sáenz Peña frente al Cine Español, la plazoleta de
la Reforma, en honor a la participación de la ciudad en tan importante proceso
en la historia política de la provincia.
Consideraciones
Finales
La
reforma constitucional de la Provincia del Chaco, tuvo una serie de
particularidades que requieren de un estudio profundo que puede ser abordado
desde múltiples perspectivas. Desde una perspectiva enfocada en las elites de
los pueblos, es posible dar cuenta de algunas cuestiones importantes para la
historia regional.
En
primer lugar, el hecho de que por voluntad de la Convención las sesiones, se
realizaran en diferentes ciudades del interior. Al momento, no ha sido posible
identificar cual fue explícitamente el criterio de las ciudades, no obstante es
posible generar hipótesis, dado que todas las ciudades sedes poseían al menos
un convencional, no obstante no se sesionó en todas las ciudades que tenían
convencionales. De esta manera, se puede pensar a modo de hipótesis, que por
acuerdo entre partidos se eligieron las ciudades más pobladas que poseían
convencionales, lo cual permitió incluir ciudades alejadas entre si y de
distintos puntos geográficos de la provincia.
En
segundo lugar, la maquinaria electoral en la que se convierte el Partido
Justicialista, dado que históricamente, en las elecciones para convencionales
en las que participo a lo largo de historia de la provincia, triunfó
ampliamente. Con las elecciones de 1994, se puede observar su gran cobertura
territorial, ya que de las once ciudades que tenían convencionales, en siete
pertenecían al menos en un porcentaje al peronismo.
En
tercer lugar, la importancia de grandes personalidades de la provincia para los
partidos, que pusieron en la cabeza de las listas, a personalidades destacadas
de la política, la justicia, el deporte y la educación, de las ciudades más
pobladas de la provincia. En este sentido es posible pensar en una selección de
candidatos con doble finalidad, el renombre de la propia persona por su
trayectoria y el caudal de votos de la ciudad de origen.
En
cuarto lugar, respecto a las cuestiones de género, destacar que la inclusión de
mujeres se debe a la ley de cupo, fenómeno que se confirma con el porcentaje
que representaban en la convención, que apenas superaba el 30% establecido por
la ley. Vinculado esto, una evidencia más, es el hecho de casi la totalidad de
las mujeres pertenecían a Resistencia, y solo una de diez no lo era, sin
embargo provenía de Puerto Tirol, localidad que limita con la ciudad Capital. A
esta concentración de las mujeres en cercanías o pertenecientes a Resistencia,
se refuerza con su ubicación en las listas, ninguna se encontraba ubicada por
encima del tercer lugar, lo que indica que fueron puestas en lugares en los que
no resultaba fácil acceder al cargo.
Y
finalmente, en quinto lugar, el peso político del interior provincial. Dado que
la estructura del país es federal, el poder de los ejecutivos se asienta en el
nivel de gobierno local, esto implica pensar que las personas más poderosas del
sistema político provincial son los líderes y caudillos de las ciudades y
pueblos, y esto a su vez se constituyen en la base del de poder político de los
gobernadores.
Este
estudio exploratorio, genera nuevos interrogantes que nos acercarían más al
análisis de la evolución institucional del Chaco desde la historia regional,
espacio dentro del cual nos preguntamos qué diferencias existen en el grado de
participación de los pueblos respecto de lo ocurrido en las constituciones
anteriores, las reformas futuras tendrán mayor participación femenina, serán
rotativas las ciudades y los espacios en los que se sesione, y finalmente se
podrá mantener la hegemonía peronista en futuras elecciones de constituyentes
provinciales.
Referencias.
Documentos
Oficiales
·
Poder Legislativo del Chaco Constitución de
la Provincia del Chaco 1957/94.
·
Poder Legislativo del Chaco. Ley Provincial
N° 3952. 1993.
·
Poder Legislativo del Chaco. Diarios de
Sesiones de la Convención Constituyente. 1994.
Libros
Artículos
de Revistas