Revista Nº32 "NSTITUCIONES Y PROCESOS GUBERNAMENTALES"

 

Resumen

La historia política reciente de la provincia del  Chaco, desde el retorno a la democracia en 1983, tuvo dentro de otros sucesos, una reforma constitucional. Dicha reforma impactó notoriamente sobre el sistema político provincial, modificando cuestiones vinculadas al poder ejecutivo.

Este trabajo, se propone explicar la participación de las elites partidarias de las distintas ciudades y pueblos del Chaco en la reforma constitucional de 1994. Se presta especial atención a los orígenes y las distintas carreras políticas de los convencionales constituyentes. 

Se halló que los orígenes de los convencionales constituyentes provenían de diferentes puntos geográficos de la provincia, de partidos mayoritarios y con carreras políticas diferentes. Estos aspectos tuvieron amplia repercusión sobre las ciudades y pueblos de provincia y en especial sobre las elites partidarias provinciales.

Abstract

The recent political history of the province of the Chaco, from the return to the democracy in 1983, had inside other events, a constitutional reform. This reform had a notable impact on the provincial political system, modifying issues related to the executive branch.


This paper proposes to explain the participation of the party elites of the different cities and towns of the Chaco in the 1994 constitutional reform. Special attention is given to the origins and the different political careers of the constituent constituents.

It was found that the origins of the conventional constituents came from different geographical points of the province, of majoritarian parties and with different political careers. These aspects had wide repercussion on the cities and towns of province and especially on the provincial partisan elites

 

Participación de las elites de las ciudades y pueblo en la reforma constitucional provincial del Chaco de 1994.

Sergio David Valenzuela

María José Ruidiaz

Cátedra Fundamentos de Ciencia Política.

Departamento de Comunicación Social Facultad de Humanidades UNNE.

 

 

 

Introducción

La historia política del Chaco, desde su provincialización hasta el presente ha tenido dos constituciones y la segunda un proceso de reforma. En diciembre de 1951 se sanciona y en junio de 1952, se promulga una constitución denominada fascista, para la entonces naciente provincia Presidente Perón y rige hasta la sanción de la Provincia del Chaco en 1957. En el siguiente apartado retomaremos y ampliaremos, esta cuestión.

Con el paso del tiempo y el retorno a la democracia en 1983, se llevan adelante elecciones nacionales y subnacionales, para todos los cargos en todo el territorio nacional. Hacia finales de la década de los ’80, inicia un proceso de reforma política en el que se modifican las constituciones provinciales y la constitución nacional[1].

Tomando como referencia la reforma constitucional, consideramos que resulta importante preguntarnos, cuáles fueron los ejes de la reforma, qué partidos políticos intervinieron en la reforma, de qué puntos geográficos de la provincia provenían los convencionales, cómo aportaron las distintas ciudades y pueblos al proceso de reforma, se encontraron representadas todas las elites de la provincia en la reforma; y finalmente pesó más Resistencia o existió una participación equitativa entre los diferentes puntos geográficos de la provincia, en cuanto al origen de los convencionales.

En el marco de estos interrogantes, este trabajo se propone explicar la participación de las elites partidarias de las distintas ciudades y pueblos del Chaco en la reforma constitucional de 1994. Para lograrlo se pondrá especial atención a los orígenes y las distintas carreras políticas de los convencionales constituyentes.

Consideramos que una primera aproximación a estos interrogantes, y las explicaciones que se puedan lograr, contribuir mínimamente a la reconstrucción de la historia política recinto de la Provincia del Chaco.  Y además, los aportes servirán para ir cubriendo, las vacancias de conocimiento existentes en los estudios de política subnacional sobre la provincia en estudio.  

Materiales y métodos

El trabajo, toma las características de un estudio exploratorio sobre el tema de investigación. En este sentido, se aborda un enfoque metodológico cualitativo con la finalidad de determinar la influencia de las elites partidarias de los distintos pueblos y ciudades de la Provincia del Chaco en la reforma constitucional de 1994.

El universo de estudio estuvo constituido por los treinta y dos convencionales constituyentes. A los fines del trabajo, se los agrupo por partidos, ciudad o pueblo de origen y género. El cruce de estas tres variables, permitió establecer similitudes y diferencias entre las elites políticas de diferentes puntos geográficos de la provincia.

Las fuentes de  información utilizadas fueron publicaciones periodísticas, biografías personales e información publicada en las páginas web de los municipios, partido políticos y legislatura provincial. En ellas se prestó especial atención a los datos que remitían a los puntos geográficos de la provincia de los que eran oriundos los convencionales.

 

 

La configuración histórica del sistema político provincial

La provincialización del Chaco, resulta de un proceso complejo que inicia en 1946 y finaliza en 1951, cuando por la Ley 14037 el territorio nacional pasa a llamarse inicialmente Provincia Presidente Perón[2].  Las investigaciones sobre la provincialización remiten al hecho de que la provincia naciente no tenía conformada ningún tipo de estructura administrativa

A partir la provincialización surge la necesidad de establecer la constitución, razón por la cual se llama a elecciones, a las que se presentaron el Partido Justicialista, la Unión Cívica Radical, el Partido Comunista, el Partido Socialista y el Partido Demócrata Progresista. Dados los resultados de los comicios, la totalidad de los convencionales electos fue del Partido Justicialista, con un 80% de los votos, lo cual da cuentas de que el andamiaje electoral del Justicialismo fue diseñado para demostrar la unanimidad, sin llegar a establecerse como un régimen de partido único[3].

En el portal oficial de la legislatura, en las referencias a la historia constitucional de la provincia, aparecen detallados los convencionales, que como señalo precedentemente corresponden en su totalidad al Partido Justicialista. Ellos eran: Alfonso De Schenini, H. N.; Cattaneo, Francisco Ramón; Cañete, Manuel Pablo; Fernández, Avelino; Jarque, Eduardo; Moschino, Alfredo Santiago; Ramírez, Ángel; Tamburini, Joaquín Hilario; Barrera, José Roberto; Cañete de Aguirre, Cándida; Díaz de Feldman, Marina Ofelia; González, Honorio León; Lavagno, Enrique Miguel; Pedrini, Ferdinando; y Sívori de Báez, Joela[4].

Según Leoni[5], esta Constitución de 1951 tuvo importantes novedades respecto al poder judicial, como el juicio mediante jurado, los tribunales del trabajo, las indemnizaciones para procesados inocentes y la asistencia a su familia en el caso de tratarse de obreros. Respecto del gobierno municipal, intendente de Resistencia era desinado por el gobernador, y para ser candidato a concejal se debía pertenecer a una asociación profesional. Esta carta magna, fue rechazada por el radicalismo y el socialismo, bajo el argumente de que era corporativista, fascista y anticonstitucional, razón por la que los partidos se abstienen de participar en las elecciones de autoridades provinciales.

Con posterioridad durante la revolución libertadora, en 1957 se modifica el nombre de la jurisdicción y se sanciona la Constitución de la Provincia del Chaco, la que resulto modificada en 1994[6]. Durante la intervención del Coronel Avalía, dispone la creación de una Comisión Nacional de Estudios Constitucionales, con la finalidad de reunir una Convención Constituyente. Esta fue convocada por Decreto Ley Nº 994 del 28 de abril de 1957. En elecciones se llevaron adelante el 28 de julio de 1957, donde se eligieron los integrantes, que fueron funcionarios provinciales y trabajaron “Ad honorem”. Cabe recordar que el Partido Justicialista no pudo participar de estas elecciones por estar proscripto[7]. Las sesiones comenzaron el 26 de agosto de 1957, en el local de la calle Brown Nº 520 de Resistencia y culminaron el 01 de marzo de 1958. Los convencionales eran veinticuatro, y representaban varios partidos políticos:

·        Unión Cívica Radical del Pueblo: Acosta, Julio Eleuterio; González De Martina, Evangelista; Pisarello, Julio Guillermo; Suau, Julio; Freschi, Pedro José; Leunda, Carlos Guido; y Rodríguez, Emilio Federico.

·        Unión Cívica Radical Intransigente: Bandeo, José; Martíni, Julio Argentino; Ramírez, Evaristo Humberto; Varela, Adolfo; Gorsd, Natalio; Petraglia, Rodolfo Ángel; y. Romera, Luis Víctor.

·        Partido Socialista: Añasco, Benito; Rossi, Edgardo; y, García, Celestino.

·        Partido Demócrata Conservador Popular: Castells, Ramón Alberto; Varela, Adolfo; y Lubary, Ginés Ángel.

·        Partido Demócrata Progresista: Álvarez Hayes, Pablo Ulises; y, Vargas, Oscar Raimundo.

·        Partido Unión Federal: Marpegan, Mario.

·        Partido Demócrata Cristiano: Maldonado, Iván José.

El proceso de reforma de la constitución de la provincia en 1994

La reforma de la constitución, no resulta un proceso y presenta una serie de características que, en nuestro país, varían de acuerdo a las provincias. En general, resultan necesarios tres pasos para reformar las constituciones[8], en primer lugar la aprobación de la Ley de Necesidad de Reforma por dos tercios de la legislatura, que en el caso de Chaco[9] requiere mayorías especiales[10]. En segundo, en el caso de las legislaturas provinciales, la aprobación de las dos cámaras. Y en tercer lugar, una vez aprobada la ley, convocar a elecciones de convencionales y poner fechas para llevar adelante el proceso.  

En este marco, el proceso de reforma inicia en 1993, y la reforma de lo que los estudios de Ciencia Política denominaron constitución de los tres tercios[11], se llevó adelante en 1994. Los datos oficiales dan cuenta de que el proceso inicio en junio y finalizo en noviembre de dicho año y las sesiones se realizaron en las ciudades de Resistencia, Presidencia Roque Sáenz Peña, Villa Ángela, Las Breñas, General San Martín y Juan José Castelli[12]. Las noticias periodísticas de la época, señalan que las sesiones en el interior se llevaron adelante por las localidades mencionadas por voluntad de la convención, dado que la ley le permitía fijar lugares para el desarrollo de las sesiones[13].

El mecanismo implicaba, que para cada sesión realizada en las ciudades mencionadas, se trataran bloques de artículos, ordenados numéricamente en forma ascendente, de manera que trabajaba en cada sesión con un orden que implicaba discutir puntualmente la modificación del articulado constitucional, tratándose especialmente los temas que generaban controversias, conflictos  reformas profundas.

El proceso tuvo origen en la Ley Provincial N° 3952, que estableció la necesidad de reforma. A partir de ello, la reforma modificó sesenta artículos de la Constitución de 1957[14], dentro de los cuales sobre salen los siguientes aspectos:

·        Modificación del sistema electoral chaqueño, lo que implicaba que el gobernador seria electo directamente por voluntad popular, modificación el sistema de elección por colegiatura.

·        División del gobierno municipal en Ejecutivo y Legislativo, ampliando el mandato de ambos de dos a cuatro años.

·        Impedimento de privatización de las empresas provinciales de servicios.

·        Previsión de mecanismos para el otorgamiento de tierras a los aborígenes.

·        Dar rango constitucional a la carrera judicial de magistrados, funcionarios y representantes del Ministerio.

·        El Nuevo Preámbulo con la invocación de Dios como inspiración.

Finalmente, una culminado el tratamiento, el 04 de noviembre de 1994, se realiza en el Cine Teatro Español de Presidencia Roque Sáenz Peña, la ceremonia de Clausura de la Convención Constituyente y el Juramento de la nueva Carta Magna provincial, a la que se la designa como “Constitución de la Provincia del Chaco 1957 – 1994”.  

Los 32 convencionales

Los convencionales constituyentes  fueron treinta y dos. A partir de ello, en primera instancia se los agrupo nominalmente, de acuerdo a su filiación partidaria:

·        Partido Justicialista: Arístides Omar Ginesta; Florencio Tenev; María Inés Fioravanti de Klees; Jacobo Rach; Juan Manuel Pedrini; Elsa Pascuala López de Galcerán; Julio René Sotelo; Antonio Bosch; Gladys Ebe Barrios; Irineo Antonio Quiroga; Víctor Hugo Meana; Ana del Carmen Abraham; Ítalo Amadeo Orso; Eduardo Fabio Colombo y Marta Elena Pereyra.

·        Por la Unión Cívica Radical: Carlos Guido Leunda (h); Leandro Hipólito Máximo Salom; Susana Cristina Kempel; José Luis Saquer; Daniel Javier Ruiz; Nélida María Prieto; Drago Grbavac; Fernando Luis Lavenas y Vilma Esther Goujon.

·        Por Acción Chaqueña: Héctor Enrique Tamburini; Rubén Galassi; Mónica Teresa Yedro; Jorge Agudo; Demetrio González; Estefanía Plantich; Carlos Alberto Alasia y Antonio Canhan Besil.

A partir de la nominación, el trabajo sobre las reformas[15], remite a los porcentajes que representaban los convencionales partido y da cuentas de que los que respondían al bloque del partido justicialista representaban el 47%, los del bloque del radicalismo el 28% y los del bloque de Acción Chaqueña, el 25%. A partir del hecho de que si bien el Partido Justicialista, contaba con la mayoría que en sí misma no resultaba suficiente para imponerse, surge la denominación constitución de los tres tercios.

Respecto de las carreras políticas de los convencionales, se halló entre los convencionales de larga trayectoria que en general aparecía en la cabeza de la lista, lo que implicaba lugares seguros en la convención. Respecto de las personas y los puntos geográficos de donde provenían, resulta interesante resaltar, por el PJ la presencia de un ex gobernador, Florencio Tenev, reconocido por su trayectoria política y por ser de una conocida familia búlgara que se asentó en Presidencia Roque Sáenz Peña. Otra persona importante, fue Arístides Ginesta, quien encabezó la lista de convencionales del justicialismo, en su trayectoria se encuentran cargos importantes como primer juez civil en la historia de Resistencia; y la presidencia del Club Don Orione, la institución deportiva más importante de Barranqueras. Por el radicalismo, sobresale Carlos Guido Leunda, conocido abogado de Resistencia, con la particularidad de ser el hijo de un representante del radicalismo en la primera convención constitucional de la provincia en 1957. Finalmente por Acción Chaqueña, aparecen profesionales destacados por su actividad profesional, y sobre sale la presencia del Doctor en Ciencias Económicas Antonio Besil, oriundo de Villa Berthet y reconocido académico preocupado por la problemática del algodón y que además fue decano de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Nordeste.

Además, resulta interesante observa la cuestión de género. La participación de las mujeres, sumando el total el de las convencionales electas por los tres partidos, alcanzaba el 31% del total de los participantes de la convención. En números concretos, de acuerdo a su filiación partidaria, cinco pertenecían al Partido Justicialista, tres a la Unión Cívica Radical y dos a Acción Chaqueña. Respecto de sus trayectorias, fue posible identificar, que provenían mayormente de Resistencia, y en ejercían las profesiones de abogadas y docente, en la mayor parte de los casas. La cuestión de género en la política chaqueña como lo marcan los estudios, más allá de la trayectoria personales de peso que no pueden ser desconocidas por el partido obedece a la ley de cupo[16], que comenzaba a implementarse en épocas previas a la elección de convencionales.

Aportes de las elites de diferentes ciudades y pueblos a la reforma constitucional

La identificación de los diferentes puntos geográficos de la provincia de donde provenían los convencionales, arrojó la siguiente distribución:

Tabla 1: Distribución de los convencionales según ciudad de origen

 

Ciudad/Pueblo

 

N° de Convencionales

Resistencia

17

Presidencia Roque Sáenz Peña

4

Villa Ángela

3

Puerto Barranqueras

1

General San Martin

1

Juan José Castelli

1

Quitilipi

1

Las Breñas

1

Villa Berthet

1

Puerto Tirol

1

Puerto Vilelas

1

Total

32

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Elaboración Propia a partir de

Información biográfica de los convencionales.

 

A partir de esta distribución es importante resaltar se vieron mayormente representadas las ciudades de mayor tamaño y las dos localidades de más pequeñas limitan con Resistencia. No obstante resulta importante desde el análisis historiográfico, reconocer que además de la ciudad capital de la provincia, aportaron a un hito en la historia política provincial diez ciudades de diferentes puntos geográficos de la provincia.

Teniendo en cuenta los partidos políticos y las localidades, el cruce de las dos variables permite establecer la primacía de los partidos en las diferentes localidades. La siguiente tabla ilustra el fenómeno.

Tabla 2: Prevalencia de partidos políticos en las ciudades que aportaron convencionales.

Partidos Políticos

Partido Justicialista

Unión Cívica Radical

Acción Chaqueña

Ciudades

Resistencia, Presidencia. Roque Sáenz Peña, Barranqueras, Villa Ángela, Quitilipi, Puerto Vilelas, Puerto Tirol.

Resistencia, Villa Ángela, General San Martin, Las Breñas

Resistencia, Sáenz Peña, Villa Berthet

  Fuente: Elaboración Propia a partir de información referente

 A los partidos políticos y biografías personales de los convencionales

Esta distribución da cuenta de dos cuestiones importantes, en primer lugar, la mayor estructura territorial de las elites partidarias del Partido Justicialista, que pudo tomar referentes de siete localidades diferentes. En segundo lugar, los tres partidos, poseen la mayor cantidad de representantes en Resistencia, y la Unión Cívica Radical y Acción Chaqueña, tienen presencia en ciudades medias y pequeñas diferentes.

Además de lo mencionado, llama la atención el hecho de que la convención en sus sesiones haya rotado por distintas ciudades. Las fuentes periodísticas sólo permitieron identificar, al momento de cierre del trabajo, el hecho de que la rotación de ciudades se debió a la voluntad de la convención, y es importante destacar que las ciudades en las que sesionó la convención, son las más pobladas de la provincia y todas tenían al menos un convencional. Sobre los espacios físicos utilizados para sesionar, sobre salen el recinto de la Cámara de Diputados, el Aula Magna de la Universidad Nacional del Nordeste, y el Cine Español de Sáenz Peña donde se realizó la jura en acto público. Además de lo mencionado, conviene resaltar que luego del acto de jura de nueva Constitución ´Provincial, se inauguró en Sáenz Peña frente al Cine Español, la plazoleta de la Reforma, en honor a la participación de la ciudad en tan importante proceso en la historia política de la provincia.   

Consideraciones Finales

La reforma constitucional de la Provincia del Chaco, tuvo una serie de particularidades que requieren de un estudio profundo que puede ser abordado desde múltiples perspectivas. Desde una perspectiva enfocada en las elites de los pueblos, es posible dar cuenta de algunas cuestiones importantes para la historia regional.

En primer lugar, el hecho de que por voluntad de la Convención las sesiones, se realizaran en diferentes ciudades del interior. Al momento, no ha sido posible identificar cual fue explícitamente el criterio de las ciudades, no obstante es posible generar hipótesis, dado que todas las ciudades sedes poseían al menos un convencional, no obstante no se sesionó en todas las ciudades que tenían convencionales. De esta manera, se puede pensar a modo de hipótesis, que por acuerdo entre partidos se eligieron las ciudades más pobladas que poseían convencionales, lo cual permitió incluir ciudades alejadas entre si y de distintos puntos geográficos de la provincia. 

En segundo lugar, la maquinaria electoral en la que se convierte el Partido Justicialista, dado que históricamente, en las elecciones para convencionales en las que participo a lo largo de historia de la provincia, triunfó ampliamente. Con las elecciones de 1994, se puede observar su gran cobertura territorial, ya que de las once ciudades que tenían convencionales, en siete pertenecían al menos en un porcentaje al peronismo.

En tercer lugar, la importancia de grandes personalidades de la provincia para los partidos, que pusieron en la cabeza de las listas, a personalidades destacadas de la política, la justicia, el deporte y la educación, de las ciudades más pobladas de la provincia. En este sentido es posible pensar en una selección de candidatos con doble finalidad, el renombre de la propia persona por su trayectoria y el caudal de votos de la ciudad de origen.  

En cuarto lugar, respecto a las cuestiones de género, destacar que la inclusión de mujeres se debe a la ley de cupo, fenómeno que se confirma con el porcentaje que representaban en la convención, que apenas superaba el 30% establecido por la ley. Vinculado esto, una evidencia más, es el hecho de casi la totalidad de las mujeres pertenecían a Resistencia, y solo una de diez no lo era, sin embargo provenía de Puerto Tirol, localidad que limita con la ciudad Capital. A esta concentración de las mujeres en cercanías o pertenecientes a Resistencia, se refuerza con su ubicación en las listas, ninguna se encontraba ubicada por encima del tercer lugar, lo que indica que fueron puestas en lugares en los que no resultaba fácil acceder al cargo.

Y finalmente, en quinto lugar, el peso político del interior provincial. Dado que la estructura del país es federal, el poder de los ejecutivos se asienta en el nivel de gobierno local, esto implica pensar que las personas más poderosas del sistema político provincial son los líderes y caudillos de las ciudades y pueblos, y esto a su vez se constituyen en la base del de poder político de los gobernadores.

Este estudio exploratorio, genera nuevos interrogantes que nos acercarían más al análisis de la evolución institucional del Chaco desde la historia regional, espacio dentro del cual nos preguntamos qué diferencias existen en el grado de participación de los pueblos respecto de lo ocurrido en las constituciones anteriores, las reformas futuras tendrán mayor participación femenina, serán rotativas las ciudades y los espacios en los que se sesione, y finalmente se podrá mantener la hegemonía peronista en futuras elecciones de constituyentes provinciales. 

Referencias.

Documentos Oficiales

·        Poder Legislativo del Chaco Constitución de la Provincia del Chaco 1957/94.

·        Poder Legislativo del Chaco. Ley Provincial N° 3952. 1993.

·        Poder Legislativo del Chaco. Diarios de Sesiones de la Convención Constituyente. 1994.

Libros

·        Maeder, Ernesto JA. Historia del Chaco. Vol. 18. Editorial Plus Ultra, 1996.

Artículos de Revistas

·        Almaraz, María Gabriela. "Ambición política por la reelección en las provincias argentinas." Revista saap 4.2 (2010): 191-226.

·        Corbacho, Alejandro L. "Reformas constitucionales y modelos de decisión en la democracia argentina, 1984-1994." Desarrollo Económico (1998): 591-616.

·        De Privitellio, Luciano. “Las elecciones entre dos reformas: 1900-1955”. En AA.VV. Historia de las elecciones en la Argentina, 1805-2011. Buenos Aires: El Ateneo, (2001): 135-234. Disponible en: Link

·        Leoni, M. S. “Construcción Estatal Y Participación Política En Los Márgenes De La Argentina: La Región Chaqueña Entre El Territorio Nacional Y La Provincia” Boletín Americanista, año LXVI. 1, n.º 72, Barcelona, (2016): 51-69

·        Micozzi, Juan Pablo. "Reformas institucionales en Chaco, Chubut y La Pampa. Tres procesos convergentes,¿ tres procesos idénticos?." trabajo presentado en el V Congreso Nacional de Ciencia Política, Sociedad Argentina de Análisis Político, Río Cuarto. 2001.

·        Orsolini, José M. "Sistemas con centro de gravitación en el Ejecutivo (Presidencialismo) y gobierno dividido. ¿La gobernabilidad en riesgo? Los casos de Ángel Rozas (1995-1997) y Jorge Capitanich (2007-2009) en la Provincia del Chaco." Tesis de Maestría. Escuela de Gobierno de la Provincia del Chaco. (2012)

·        Tula, María Inés. "La reforma política en las provincias argentinas. Elementos para su debate." 23 International Congress of Latin American Science Association. 2001.

·        Zieseniss, S. M. N. “¿Mujeres en política? El caso de las diputadas en la Provincia del Chaco”. 13 Congresso Mundos de Mulheres, Florianopolis, Brasil (2017)

 

Notas Periodisticas

·        Emotivo homenaje a 32 Convencionales que protagonizaron la histórica Reforma Constitucional de 1994” del periódico digital Es Chaco, disponible en Link

 



[1] Tula, María Inés. "La reforma política en las provincias argentinas. Elementos para su debate." 23 International Congress of Latin American Science Association. 2001.

[2]Leoni, M. S. “Construcción Estatal Y Participación Política En Los Márgenes De La Argentina: La Región Chaqueña Entre El Territorio Nacional Y La Provincia” Boletín Americanista, año LXVI. 1, n.º 72, Barcelona, (2016): 51-69

[3] De Privitellio, Luciano. “Las elecciones entre dos reformas: 1900-1955”. En AA.VV. Historia de las elecciones en la Argentina, 1805-2011. Buenos Aires: El Ateneo, (2001): 135-234.

 Disponible en:Link

[5] Leoni, María Silvia. Op Cit.

[6] Orsolini, José M. "Sistemas con centro de gravitación en el Ejecutivo (Presidencialismo) y gobierno dividido. ¿La gobernabilidad en riesgo? Los casos de Ángel Rozas (1995-1997) y Jorge Capitanich (2007-2009) en la Provincia del Chaco." Tesis de Maestría. Escuela de Gobierno de la Provincia del Chaco. (2012)

[7] Maeder, Ernesto JA. Historia del Chaco. Vol. 18. Editorial Plus Ultra, 1996.

[8] Almaraz, María Gabriela. "Ambición política por la reelección en las provincias argentinas." Revista saap 4.2 (2010): 191-226.

[9] Corbacho, Alejandro L. "Reformas constitucionales y modelos de decisión en la democracia argentina, 1984-1994." Desarrollo Económico (1998): 591-616.

[10] El artículo 2002 de la constitución 1957/1994, establece la aprobación de los ¾ de la totalidad del cuerpo legislativo provincial.

[11] Micozzi, Juan Pablo. "Reformas institucionales en Chaco, Chubut y La Pampa. Tres procesos convergentes,¿ tres procesos idénticos?." trabajo presentado en el V Congreso Nacional de Ciencia Política, Sociedad Argentina de Análisis Político, Río Cuarto. 2001.

[12] Extraído del portal web oficial de la legislatura provincial, en el apartado referente a historia de la constitución provincial, disponible en Link

[13] El artículo 8 de la ley 3952, sancionada el 7 de diciembre de 1993, establece “El Lugar De Asiento De La Convención Constituyente Sera La Ciudad De Resistencia, Pudiendo Funcionar En El Local De La Cámara De Diputados U En Otro Que Se Determine A Tales Efectos”.                

[14] Extraído de la nota “Emotivo homenaje a 32 Convencionales que protagonizaron la histórica Reforma Constitucional de 1994” del periódico digital Es Chaco, disponible en Link

[15] Micozzi, J. P. Op Cit

[16] Zieseniss, S. M. N. “¿Mujeres en política? El caso de las diputadas en la Provincia del Chaco”. 13 Congresso Mundos de Mulheres, Florianopolis, Brasil (2017).