Revista Nº31 "INSTITUCIONES Y PROCESOS GUBERNAMENTALES"

 

Utilitarianism and the expropriation of Repsol YPF during the government of Cristina Fernandez de Kirchner, an approach to analysis.

 

 

Resumen.

Este artículo procura analizar la expropiación de la empresa Repsol YPF en el año 2012 desde la perspectiva del utilitarismo dentro del marco de la escuela normativa en la Ciencia Política, considerando a la citada decisión gubernamental como una herramienta de poder para la construcción de autonomía estatal.

 

Palabras Claves:

Expropiación- Utilitarismo-Decisiones gubernamental-autonomía.

 

 

Abstract.

This article seeks to analyze the expropriation of the Repsol YPF Company in 2012 from the perspective of utilitarianism within the framework of the normative school in Political Science, considering the government decision as a power tool for the construction of state autonomy.

 

 

Key Words:

Expropriation-Utilitarianism-government decision-autonomy.

 

 

El utilitarismo y la expropiación de Repsol YPF durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, una aproximación a su análisis.

                                    Por: Mg. Carina V Ganuza[1]

 

 

Introducción.

Este trabajo pretende una aproximación al análisis del utilitarismo como enfoque dentro la escuela normativa[2] de la ciencia política y su aparente relación en la interpretación de  diferentes hechos y procesos históricos.  En este caso en particular, intenta responder la siguiente pregunta: ¿puede pensarse al utilitarismo como sustento ideológico para la toma de decisiones que guiara a la expropiación de Repsol YPF durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner en el año 2012?

Al respecto cabe mencionar que la expropiación de la empresa citada ha sido considerada por el gobierno argentino como una herramienta e instrumento de poder para la construcción de autonomía estatal,  respondiendo en sí, a un supuesto interés nacional.

En una búsqueda de respuestas al interrogante planteado, este trabajo se dividió de la siguiente manera: en una primera parte se analizó  la Teoría Normativa; la expropiación de la Empresa Repsol YPF en el marco de las decisiones gubernamentales asumidas por la ex Presidente Cristina Fernández de Kirchner en el año 2012; seguida del Utilitarismo como un enfoque dentro de la teoría normativa; a continuación se indagó brevemente en el fundamento constitucional-jurídico que genera el marco legal para la citada expropiación. Por último, se han redactado conclusiones sobre el tema tratado.

 

 

1.   La teoría Normativa.

La ciencia política consiste en una disciplina variable que puede ser comprendida desde las descripciones y análisis de seis enfoques o escuelas diferentes, tales como la teoría normativa, el institucionalismo, el análisis conductista, la elección racional, el feminismo y el análisis del discurso[3].

En este trabajo, se postula a la teoría normativa y al utilitarismo dentro de ella, como marco de interpretación que permitiría el descubrimiento o la aplicación de principios morales a la esfera de las relaciones políticas. Acorde a Marsh (1997), podría definirse de una manera más amplia, como una teoría “de lo que debiera ser” en oposición a lo que es en la vida política[4].

La teoría normativa surge en el marco de la Crisis Económica de 1930 y las medidas del New Deal (Hobsbawm 1998) destinadas a brindar respuestas a la situación caótica imperante; es decir, la postura estudiada surge como consecuencia de la preocupación y análisis del tema de la distribución de bienes, en donde el estado de bienestar y las medidas introducidas en el marco de la gran crisis económica y su aplicación fueron defendidas como garantía, que permitirían y justificarían el inicio de un período de búsqueda conducente a la salida del hambre, pobreza, supuestamente en el camino hacia la construcción de una nueva situación política interpretada como un estadío de mayor seguridad, estabilidad y felicidad para un mayor número de personas.

Para la bibliografía especializada, la teoría política normativa consiste en una forma de analizar las instituciones sociales, especialmente aquellas vinculadas al ejercicio del poder y sus relaciones con los individuos, examinando a fondo de qué modo se justifican los acuerdos políticos existentes y otros posibles (Marsh 1997).

También, se interesa en la coherencia interna de argumentos morales; utiliza disciplinas de las ciencias sociales como la antropología social y la historia para verificar los argumentos, aunque a su vez, intenta hallar problemas en las explicaciones morales.

Desde la década de 1970, con John Rawls y Robert Nozick se introdujeron nuevos planteos, de manera tal que comenzaron a analizarse dos cuestiones claves: el propósito del estado, fundamento moral y su justificación, pretendiendo saber si, las leyes deben ser obedecidas o si puede justificarse la desobediencia civil y por otro lado, la justicia redistributiva como sus consecuencias para la libertad, su importancia moral y la igualdad. Es decir, de alguna forma, el tema subyacente consiste en saber si, hay fundamento moral que justifique las políticas públicas destinadas a materializar una determinada conceptualización de igualdad social o no. Es en este contexto que, se analizó el utilitarismo y su relación posible con la expropiación de la empresa Repsol YPF en el año 2012.

 

 

1.1.             Cristina Fernández de Kirchner y la expropiación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

Cristina Fernández asumió la presidencia en Diciembre del año 2007 con el 45,29% de los votos, sucediendo a su ex esposo, Néstor Kirchner (2003-2007) y siendo reelecta con el 54,11% para el período 2011-2015 (Secretaría de Comunicación Pública de la Nación 2012).

Numerosas decisiones políticas fueron introducidas, criticadas por muchos y, aceptadas por otros, sin embargo, el resultado eleccionario hace presuponer que un amplio porcentaje de la ciudadanía ha brindado su respaldo a la tarea presidencial ejecutada y que de alguna forma, ese apoyo ha sido renovado en el año 2011 para el nuevo período presidencial extendido hasta el 2015.

Bajo este considerando, podría tenerse en cuenta la expropiación de la empresa Repsol YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales) que aparece como una herramienta estatal y presidencial, que obedece a un aparente intento del gobierno conducente hacia la recuperación de los recursos petrolíferos y como una forma de generación de  autonomía. La decisión política vinculada a la expropiación gozaba del apoyo del cuerpo político y de una amplia mayoría ciudadana.

La expropiación de Repsol YPF parece responder  a un intento de construcción del poder como forma de generación de autonomía definida como “la máxima capacidad de decisión propia que se puede lograr, teniendo en cuenta los condicionamientos objetivos del mundo real” (Bologna 2010,21). Es decir, “hablar de autonomía supone una voluntad, un principio” (Miranda 2003,1), por lo cual, la misma “se medirá en términos de los costos relativos de hacer uso de esa libertad de acción frente a un problema determinado” (Colacrai 2006,21), es decir “todo proyecto autonomista requiere movilizar recursos de poder” (Bologna 2010, 21), donde además debiera existir una persecución de un interés nacional o se obedece al mismo y en este contexto, es que considera la expropiación de la empresa Repsol YPF.

Por lo cual, interés nacional puede definirse como las causas que guían la política de una nación o un interés que engloba los valores (Bologna 2010).

El análisis de la incidencia de la estrategia de recuperación estatal de los recursos petroleros en Argentina, parte del supuesto que YPF, es una variable doméstica del gobierno nacional que constituye un eje vector para las decisiones internas con consecuencias sobre las decisiones externas de los estados.

 

1.2.            Utilitarismo.

El utilitarismo dentro de la teoría normativa, puede ser comprendido como una filosofía moral y política vinculada a Jeremy Bentham, quien recurría al análisis de las características y elementos de la naturaleza humana, revelados por la observación empírica, afirmando que los seres humanos estaban motivados por el deseo de alcanzar la felicidad (Marsh 1997).

Se distancia del pensamiento moral de la antigüedad clásica, distinguiendo entre percepciones e ideas, concebidas como la materia prima de todo conocimiento y rechazando la noción del bien supremo aristotélico que justificaba la distinción entre felicidad y placer.

El pensamiento utilitarista concibe la idea del bien y del mal circunscribiendo su origen en sensaciones agradables y desagradables, la bondad o la maldad que no son atributos de los objetos, sino modificaciones del sujeto que siente. De esta manera, a la única cosa que el sujeto tiene acceso directo es a las ideas y dentro de ellas, lo agradable o desagradable y estas son las que determinan los fines de nuestras acciones. Los objetos que nos generan estas sensaciones son instrumentos para los fines (Cicero 2000), estando nuestra inteligencia subordinada a los mismos.

Las decisiones políticas correctas moralmente serían aquellas que permiten la búsqueda de la felicidad para un mayor número de personas, pudiéndose medir como “aquella propiedad de cualquier objeto en virtud de la cual éste contribuye a producir beneficios, ventajas, placer, bondad o felicidad y el objetivo de aquellos que diseñan las políticas debían ser maximizar la utilidad social agregada” (Marsh 1997, 35) y es en este contexto, que debiera tenerse en cuenta, la expropiación de la empresa Repsol YPF, ya que conduciría al gobierno nacional hacia el control de los recursos naturales.

A su vez, esto adquiere mayor significación al considerar que Bentham proponía como objetivo de la actividad política, la mayor felicidad para el mayor número de personas, de esta manera, las decisiones eran buenas si tendían a procurar su felicidad, lo cual era equivalente a alcanzar y lograr placer. Entonces, la comunidad política se pensaba como un todo que constituía un cuerpo de ciudadanos miembros y subordinados que poseían alma y una vida moral independiente orientada al bien supremo de la felicidad común (Araujo 2000). Tal como explica Araujo, “Desde esta perspectiva, decir que el ciudadano está individualmente subordinado al cuerpo político equivale a decir que su felicidad depende de la felicidad común y resulta inseparable de ésta” (Araujo, 2000, 274).

El fin supremo corresponde al ideal de vida perfecta que un ser humano puede alcanzar, como su alma es más noble que el cuerpo, la felicidad es resultado de la actividad del alma dirigida por su parte intelectual. En tanto que en el ámbito de la comunidad, las funciones del alma corresponden a aquellas de la polis, en función de la cual, cuanto mayor sea el número de beneficiados por una determinada decisión política o por una legislación, mayor sería el placer y menor la exposición al dolor, entonces mayor felicidad será la que posea la comunidad, siendo este su interés (Araujo 2000). “Desde esta perspectiva, decir que el ciudadano está individualmente subordinado al cuerpo político equivale a decir que su felicidad depende de la felicidad común y resulta inseparable de ésta” (Araujo 2000, 274).

“Para Bentham, la soberanía del moderno estado nacional no es otra cosa que la soberanía de la ley que, en última instancia, significa la supremacía del principio de la utilidad” (Araujo 2000, 277) y es en este contexto, que podría comprenderse la decisión del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner respecto de la expropiación de la empresa Repsol YPF.

Cuando los gobernantes y gobernados se ven como dos grupos separados, es probable que sus intereses sean divergentes, en consecuencia, promover el interés común del grupo de los que gobiernan puede significar una cosa y promover el interés común de los gobernados, otra. Sin embargo, en el caso estudiado de Argentina, esto no ha ocurrido, ya que el porcentaje mayoritario que ha respaldado a la Presidente Kirchner de alguna forma, hace presuponer el apoyo a las medidas vinculadas con la expropiación.

Por otro lado, mediante  una especie de cálculo matemático relacionado con la moral, basado en los placeres y las penas, Bentham pensaba que podría llegarse a saber si una acción era buena o mala; y si las penas y los placeres se hallaran en el mismo orden, sería factible una evaluación de las actividades morales, políticas y legales. De esta forma, Bentham infería que si los valores se basaban en placeres y penas, por ende la teoría de los derechos naturales carecía de validez.

Acorde a Marsh (1997), Bentham no describe las acciones que generan felicidad, siendo los miembros de la sociedad los encargados de definir la utilidad, cada individuo define “su bien” y en un proceso de decisión social, los intereses de cada uno (definidos subjetivamente) debían contar de igual modo en el cálculo de la utilidad (Marsh 1997).

Según el análisis de Cícero Araujo, en la obra “An Introduction to the Principles of Morals and Legislation (1789) de Jeremy Bentham, surgen tres proposiciones de alguna forma complementarias:

-La naturaleza posibilitó y sentó las bases para que el género humano quedara bajo el dominio de dos señores soberanos: el placer y el dolor. Estos dos se relacionan tal como una norma que permite distinguir lo que es recto del error y por otro lado, existe una relación entre causas y efectos (Cícero 2000).

-La utilidad aparece como principio que surge como una consecuencia derivada de lo antes mencionado “el principio que establece la mayor felicidad de todos aquellos cuyo interés está en juego como la justa, adecuada finalidad de la acción humana y hasta la única finalidad justa, adecuada y universalmente desesable” (Cícero 2000, 271).

-Aquellos cuyo interés está en juego siempre integran una comunidad (Cicero 2000).

 

2.  Fundamento constitucional y legal para la expropiación de YPF.

Tal como mencionaba Bentham y acorde a lo expuesto con anterioridad, la soberanía de la ley puede comprenderse dentro del marco del principio de la utilidad. En este sentido, se comprende la decisión vinculada a la expropiación de Repsol YPF y el marco legal que otorga su sustento jurídico, partiendo desde los preceptos constitucionales, seguidos de la Ley Nº 26741 y la Nº 17319.

La Constitución Nacional argentina declara que los recursos corresponden al dominio originario de las provincias, según la reforma introducida en el año 1994. Esto se complementa con la Ley Nº 26741 sancionada el 3 de Mayo de 2012, que conforma el fundamento legal para la expropiación de la empresa Repsol YPF.

En su art. 1 menciona que es de interés nacional, el logro de abastecimiento de hidrocarburos, como la explotación, industrialización, transporte y comercialización para garantizar el desarrollo económico con equidad social, creación de empleo,  incremento de la competitividad y crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y las regiones.

A su vez, declara de interés público nacional el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos y establece la creación del Consejo Federal de Hidrocarburos.

En este orden, la citada ley en su art. 7 estableció que la expropiación de Repsol YPF responde a utilidad pública[5]. Esto se complementa con lo enunciado en el art. 8, donde se declara que las acciones sujetas a expropiación quedarán distribuidas del siguiente modo: 51% pertenecerá al estado nacional (como se ha explicitado) y el 49% restante entre las provincias integrantes de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos.

Válido es mencionar que a la hora de contextualizar esta nueva expropiación y acorde al desarrollo histórico argentino, la regulación del sector petrolero ha respondido al estado desde la creación de YPF en el año 1922[6]. A su vez, la Ley Nº 26741 ya citada, determina que mediante la expropiación se perseguía: la promoción del empleo de hidrocarburos y derivados, incremento de la competitividad, conversión de recursos hidrocarburíferos en reservas comprobables, integración del capital público y privado, nacional e internacional en alianzas estratégicas dirigidos a la exploración y explotación de hidrocarburos convencionales y no convencionales; maximización de inversiones y reservas; incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión como de industrialización y comercialización.

En este orden, aparece la expropiación como un instrumento generador de utilidad y como principio que fomentaría la felicidad de todos los involucrados en esta decisión política: el gobierno, el sector petrolero, las futuras empresas que encontrarían nuevas posibilidades contractuales, en el caso de estar dispuestas a invertir en Argentina, además del respaldo ciudadano que ha expresado su apoyo en las dos elecciones presidenciales, votando al gobierno kirchnerista.

La medida política que involucra esta especie de “bien supremo” enarbolado en la expropiación de YPF, parece provenir del principio benthamiano que establece que cuanto mayor sea el número de beneficiados por una determinada decisión política o una legislación, mayor será la felicidad de la comunidad (Cicero 2000). Por lo cual, la expropiación de YPF, permitiría crear las condiciones para una nueva relación política con otras empresas petroleras, permitiendo en teoría, un abanico de posibilidades, que sin embargo aparece, de manera incierta y sombría para el horizonte político petrolero argentino actual.

Como complemento de la normativa anterior y conforme Ley de Hidrocarburos Nº 17319 en su art. 3, dispone que el Poder Ejecutivo fijará la política nacional con respecto a las actividades relativas a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos, teniendo como objetivo satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país con el producto de sus yacimientos, manteniendo que las reservas aseguren esa finalidad.

Pueden agregarse sus palabras al referirse a la decisión tomada respecto de la expropiación (Casa Rosada 2012), sin intención de realizar un análisis discursivo de la ex Presidente de la Nación Argentina: “Pero yo quiero hablarle a todo el pueblo argentino de esto que significa lo que el primer título de la ley habla y que es precisamente la recuperación de la soberanía hidrocarburífera de la República Argentina. Realmente somos el único país de Latinoamérica y yo diría casi del mundo que no maneja sus recursos naturales. Pero hubo motivos más fuertes aún para tomar esta decisión”.

A su vez agrega que: “Argentina es importadora de gas y petróleo con un pasivo hidrocarburífero de 3.000 millones de dólares y con una política de vaciamiento, con una reducción de sus reservas de petróleo del 50%” (Casa Rosada 2012).

Del análisis de este discurso se infiere y tal como puede leerse publicado en la página de la Presidencia Argentina,  que el gobierno argentino con el respaldo mayoritario de la ciudadanía, expresado desde el momento mismo de las elecciones presidenciales, ha considerado la utilidad de la recuperación del control de la empresa YPF y de los recursos petroleros, mediante la expropiación de Repsol. Si bien no es objetivo de este trabajo realizar un análisis discursivo de las palabras de la Presidente en cuestión, su expresión denota, “la felicidad” que genera el control y recuperación de la empresa YPF, lo cual conduciría a una labor de construcción hacia la autonomía nacional y persecución de una supuesta soberanía hidrocarburífera.

Del discurso surge la siguiente declaración: “quiero mencionar que no estamos ante un hecho inédito…()…el modelo además que hemos elegido no es un modelo de estatización, que quede claro, es un modelo de recuperación de la soberanía y del control de un instrumento fundamental” (Casa Rosada 2012).

En adición, podría suponerse que el gobierno argentino, pretendía desarrollar un modelo de crecimiento asociado a un proceso de reindustrialización y que, consideró  las cifras de exportaciones de manufacturas industriales para el período 1991-2002 que representaban el 29%, en tanto que en el período 2003-2011, alcanzaron un 32% (Secretaría de Comunicación Pública de la Nación). De lo que antecede, se infiere que probablemente esto podría haber sido evaluado a la hora de la expropiación de Repsol, lo cual se complementa con el discurso de la Presidente de la Nación mencionado ut supra, que sirve para la comprensión y sustentación de la medida introducida en el sector petrolero.

Además, el gobierno argentino alegó que la empresa había desarrollado una política “depredatoria”  en las presidencias anteriores (Presidencia de la Nación 2012), por lo cual decidió recurrir a la expropiación, debido a la caída de la producción (En 1997, YPF representaba el 42% de la producción petrolera y 35% de producción gasífera, en tanto que en el 2011: se redujo al 34% y la gasífera 23%, destacándose las escasas inversiones que condujeron a la caída de las reservas petroleras reduciéndose en un 50% en el período 2001-2011 (Presidencia de la Nación S/D). En este aspecto, habría que recordar que, si la medida tomada respecto de la expropiación se hallaba sustentada en la caída de las reservas petroleras y en la falta de inversión, esto sucedió, tal como la misma fuente lo explica, durante la gestión presidencial del esposo de Cristina Fernández, Néstor Kirchner, desde el año 2003 al 2007.

Por otro lado, existen interpretaciones contradictorias respecto de la supuesta caída de la producción petrolera, para algunos miembros del gobierno, ha sido leve y para otros funcionarios gubernamentales, fue drástica. Más allá de estas diferencias de criterio interpretadas como posiblemente intencionales o subjetivas, la situación en el sector petrolero,  ha sido utilizada como pretexto para una nueva expropiación de la antigua empresa estatal, hallando la legitimación y sustento legal en el articulado de la Constitución Nacional Argentina, cuando declara que los recursos naturales pertenecen al estado. Además, si se persigue la búsqueda de estadísticas específicas sobre el sector hidrocarburífero, las fuentes no se encuentran actualizadas, consecuentemente es muy difícil poder elaborar posiciones objetivas sobre el tema.

 

 

Conclusiones finales.

Cristina Fernández de Kirchner asumió la presidencia en el año 2007, siendo reelecta para el período 2011-2015 con el respaldo de un amplio porcentaje de la población, el 45,29% y el 54,11% respectivamente. Esto hace presuponer que las decisiones políticas, entre ellas la expropiación de Repsol YPF, gozaban del apoyo ciudadano.

La mencionada expropiación apuntaba, según el discurso presidencial  a la búsqueda de una soberanía hidrocarburífera, pero también a la recuperación de los recursos petroleros (Presidencia de la Nación 2012), esto se comprendía en el marco del estancamiento del sector petrolero, pero a su vez, la decisión representaba, según declaraba la Presidente, una “gran felicidad”, contando con el apoyo político y ciudadano.

La expropiación supuso una decisión política que responde a una postura autonómica y que involucraba una voluntad y decisión estatal (Miranda 2003) con una movilización de soportes de poder, es decir, apoyo de distintos sectores y empresas; sin esto, la desvinculación de Repsol YPF y su reemplazo por otras empresas, no hubiera sido posible.

La decisión vinculada a la expropiación se legitimaba en, según declaraciones presidenciales, la política depredatoria de Repsol, la caída de la producción y las inversiones (Casa Rosada 2012). A su vez, el gobierno conformó el sustento legal que otorgó forma a la medida política interpuesta partiendo de la Constitución Nacional, con el complemento de las leyes N° 26741 y N° 17319. Este cuerpo normativo, sustento de la expropiación, establecía como principios la promoción del empleo, generación de nuevas alianzas estratégicas, maximización de inversiones, en fin, la expropiación consistía en un instrumento generador de utilidad y un principio que fomentaba la felicidad a todos los involucrados en la decisión política implementada: gobierno, sector petrolero, empresas, ciudadanía en general.

En este marco de análisis, el número de beneficiados aparece como mayoritario, logrando alcanzar, mediante la expropiación, un estado de felicidad ante la recuperación del sector petrolero.

La expropiación estudiada y el principio de utilidad al que alude Bentham, se relacionan al considerar que el filósofo se refería al objetivo de toda actividad política consistía en la mayor felicidad para el mayor número de personas, de esta manera, las decisiones eran buenas si procuraban la felicidad y ésta se infiere, que puede hallarse en el respaldo ciudadano brindado a la Presidente estudiada a la hora de las elecciones presidenciales de los año 2007 y 2011 respectivamente.

El utilitarismo aparece como una filosofía basada en la observación que apuntaba a la búsqueda de la felicidad, concibiendo la idea del bien y del mal, como atribuciones que siente el sujeto y no atributos de los objetos. De este modo, las decisiones políticas moralmente correctas son aquellas que provocarían felicidad a un amplio número de personas, generando sus beneficios y ventajas. En este contexto, la utilidad de la expropiación puede ser comprendida como un intento del gobierno argentino de maximizar la utilidad social (Marsh 1997).

Si la felicidad es el resultado de la actividad del alma dirigida por su parte intelectual, por analogía, al ámbito de la comunidad o de un estado, le corresponde la felicidad que involucra a la mayor cantidad de la población; entonces, la expropiación de Repsol YPF involucraría un interés generador de la mencionada felicidad. Esto podría complementarse con lo mencionado por Bentham cuando expresaba que la soberanía del estado nacional no es otra cosa que la soberanía de la ley, lo cual significa e implica la supremacía del principio de la utilidad (Araujo 2000).

Si bien Bentham no describe las acciones que generan felicidad, son los miembros de la sociedad los encargados de su definición. La utilidad surge como un principio derivado de la felicidad involucrada en el mayor número de beneficiados en una sociedad, lo cual puede hallarse en la decisión política del gobierno de Fernández de Kirchner.

En respuesta a la pregunta que guiara a este trabajo, es afirmativa: el utilitarismo puede pensarse como un sustento ideológico que ha guiado a la expropiación de la empresa Repsol YPF en la búsqueda autonomía, recuperación de los recursos petroleros y puede ser comprendido en el contexto del respaldo mayoritario de la población, expresado al momento de las elecciones presidenciales.

La decisión gubernamental de la expropiación por sí misma, no garantiza la soberanía hidrocarburífera, más bien, el gobierno ha iniciado un nuevo período de búsqueda incesante e incierta que solo puede ser analizada en forma prospectiva y excede la temática de este trabajo, siendo tema de debate en otras investigaciones.

 

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[1] Magister en Integración y Cooperación Internacional. UNR – CERIR.

[2] Necesario es mencionar que la ciencia política constituye una disciplina variable que puede ser comprendida desde las descripciones y análisis de seis enfoques o escuelas diferentes, a saber: la teoría normativa, el institucionalismo, el análisis conductista, de la elección racional, el feminismo y el análisis del discurso.  Al respecto se puede ampliar en Marsh (1997).

[3] El institucionalismo persigue el análisis de normas, procedimientos del sistema político y su impacto en las prácticas políticas a través del método inductivo; en tanto que, el análisis conductista explica el comportamiento político a nivel individual; la teoría de la elección racional estudia las elecciones hechas en el ámbito social y político de los individuos que actúan según sus propios intereses; el feminismo analiza el impacto del patriarcado, desde una postura relativista y el análisis del discurso, se ocupa de la estructura de los significados, las acciones y sus cambios, también desde una postura relativista

[4] Involucra tres grandes corrientes: el utilitarismo, liberalismo deontológico y el comunitarismo ,

[5] Ese 51% del patrimonio de YPF S.A representado por igual porcentaje de las acciones Clase D de dicha empresa pertenecientes a Repsol YPF SA, sus contratantes o controladas en forma directa o indirecta

[6] Durante el Gobierno de Hipólito Yrigoyen (1916-1922) (1928-1930) se aplicó una fuerte política nacionalista; seguida años más tarde por el Presidente Juan D. Perón (1946-1955) interrumpida por el Golpe de Estado de 1955 (al igual que lo sucedido durante el gobierno de Yrigoyen). En tanto que el Presidente Arturo Frondizi (1958-1962), inició una política de inversiones privadas tendientes a extraer crudo y lograr autoabastecimiento seguido por el ex presidente Arturo Illia (1963-1966), que procuró aplicar y recuperar una política sólida en el sector petrolero, inclusive llegando a anular contratos petroleros. Desde 1976 en el marco de los sucesivos gobiernos militares hasta 1982, comenzó el desmantelamiento de YPF, que fuera privatizada por Carlos Menem finalmente en 1989, 1992[6], hasta iniciar el descenso en la producción petrolera.