Revista Nº26 "TEORÍA POÍTICA E HISTORIA"
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Resumen: Desde el siglo XIX en adelante se ha producido una articulación entre la democracia y el liberalismo, la cual ha dominado la teoría política. Esta trayectoria ha opacado otras posibles articulaciones de la democracia, de allí que este trabajo propone reponer una narrativa entre el republicanismo, como tradición política y la democracia como forma de gobierno, particularmente a partir de los aportes del neo-republicanismo de Philip Pettit y su idea de libertad como no-dominación. El desarrollo realizado por este autor, la particularidad de su democracia se convierte en una referencia importante a los efectos de contar con una teorización que permita pensar de manera alternativa a las democracias y las posibles formas para elevar su calidad.

 

 

Abstract: Since the nineteenth century onwards there has been a joint between democracy and liberalism, which has dominated political theory. This path has overshadowed other possible joints of democracy, hence this paper proposes replacing a narrative between republicanism as a political tradition and democracy as a form of government, particularly from the contributions of neo-republicanism and Philip Pettit idea of freedom as non-domination. The development by this author, the particularity of its democracy becomes an important reference for the purpose of having a theorizing that allows thinking of alternative democracies and possible ways to improve their quality manner.

 

 

 

“¿LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA COMO ALTERNATIVA A LA DEMOCRACIA LIBERAL?

Una aproximación desde la filosofía política de Philip Pettit”

 

Autor: Javier Etchart

Institución: Universidad Nacional de Luján- Universidad de Morón

Correo: fliaetchart@yahoo.com.ar.

 

 

  • Introducción

El presente trabajo está inspirado en una doble motivación. Por un lado, se inscribe en el marco de la recuperación de una clásica tradición del pensamiento como es el republicanismo, especialmente, a partir de los trabajos realizados por Philip Pettit (1999) y el concepto desarrollado por él sobre la libertad entendida como no-dominación. La contribución realizada por éste, ha sido extensamente valorada en el revival republicano, primordialmente después que importantes teóricos políticos decretaron la escasa utilidad de esta tradición para entender los fenómenos actuales.[1]

Por otro lado, el autor mencionado no solamente instala un concepto desde el cual se puede volver a pensar esta añeja tradición, sino a su vez, produce un segundo aporte de importancia, tal como es el análisis articulado entre la república como tradición política, y la democracia como forma de gobierno. La sola pretensión de querer relacionar ambos conceptos, contiene una validez intrínseca que debe ser recuperada, ya que la historia de ambos las ha mostrado no solo separados, sino como pares contrapuestos entre sí.

Además de no haber sido tan desarrollada esta relación, también se vio opacada por otro par que unía a la democracia con el liberalismo –la democracia liberal-. El encuentro entre la democracia y el liberalismo constituye una asociación que comenzó a tomar forma históricamente entre finales del siglo XIX y comienzos del XX, cuando las masas van irrumpiendo en el escenario político mundial y el sufragio se amplía a sectores marginados hasta este entonces de la vida pública, a partir de ese momento y en adelante  recorren un camino juntos. De esta forma cuando los derechos políticos se universalizan, lo hacen sobre un marco dominado por la filosofía liberal, por ello parece darse entre ambas una relación de necesariedad, naturalidad e interdependencia: se necesitan ciertas libertades para el correcto ejercicio del poder democrático, y por el otro lado también se necesita poder democrático para garantizar la existencia y persistencia de las libertades fundamentales. Esta aclaración es importante ya que se ha llegado a pensar en su unidad intrínseca, ambos funcionando casi como sinónimos y no en un encuentro contingente, tal como ha sido realmente. Recuperar esta memoria histórica es medular porque desde la 2º guerra mundial y posteriormente con la caída del muro de Berlín, el paradigma liberal ha impregnado el concepto democrático, lo cual impide ver que no es la única tradición desde  la cual  democracia puede ser pensada.[2]

Tomando en cuenta estos elementos iniciales, el trabajo describirá el tratamiento específico que Pettit  desarrolla en relación a su concepto de república, lo mismo que el sentido particular asignado a la democracia, como así también y centralmente, la articulación específica dada entre ambos conceptos, con el objetivo de alcanzar una república no-dominada.

Por último, y derivados de los análisis anteriores, este trabajo se permitirá señalar algunas insuficiencias, o abrirá interrogantes en relación a las posibilidades concretas, de que la democracia –tal como la entiende el autor irlandés- se transforme efectivamente en la forma más adecuada para lograr el ideal neo-republicano de la libertad como no-dominación.

 

  • Libertad republicana y las estrategias para lograr la no-dominación

Para Pettit y una buena parte del republicanismo, la dicotomía propuesta por Isiah Berlin (1993) entre dos tipos de libertades negativa y positiva, ha impedido entender cabalmente el concepto de libertad, ya que entre esos dos conceptos existe una tercera posibilidad, que incluso contiene elementos de ambos. Es así que Pettit, diferenciándose de ambas formas interpretativas de la libertad, sostiene que ésta no consiste en la ausencia de interferencia (libertad negativa), ni tampoco en el autocontrol (libertad positiva), sino que la clave radica en la “ausencia de dominación”, entendiendo a esta  como la ausencia de interferencias arbitrarias. Ser libre, en este sentido, no significa meramente estar exento de toda interferencia, sino no estar sujeto al arbitrio de otro. Según la definición de Pettit, alguien tiene poder de dominación sobre otro, en la medida en que tiene capacidad para interferir de un modo arbitrario en determinadas elecciones que el otro pueda realizar, esto es, si alguien, sea un agente personal o colectivo, tiene una capacidad real de interferir con el propósito intencional de empeorar la situación del agente. Cuando hablamos acerca de la dominación, nos referimos a la capacidad que tiene un agente de restringir las alternativas de acción o decisión que tiene otro agente, o como aquella capacidad de imponerle directamente una decisión; o la de impedirle continuar con lo que estaba haciendo, incluso que ni siquiera intente hacer lo que probablemente hubiera hecho de no haber mediado esa situación de dominación (esto último  es un aspecto importante porque constituye un punto elevado de la dominación, siendo el menos visible, aquel en donde se tiene la sensación que “no ha pasado nada”). El dominante funda su dominio en la capacidad de imponer sanciones, cuando esto ocurre nos hallamos en el ámbito de las relaciones de poder. Pero también existen situaciones donde el dominado actúe sin la presión de recibir sanciones, sino que actúa bajo la creencia que así es como debe comportarse. En casos como estos el poder –desnudo- cede su paso a las relaciones de influencia[3].

Por otro lado, puede existir dominación sin interferencia, y si esto es así entonces, en tales circunstancias, un republicano afirmaría que hay falta de libertad mientras un liberal lo negaría. Si un esclavo está bajo las órdenes de un amo benévolo o gentil (the kindly master), al punto de permitirle a su esclavo hacer lo que quiera: moverse libremente, tener recursos propios, utilizar incluso los recursos del amo, y aun cuando el amo no interfiera en sus acciones, para un republicano ese esclavo sigue careciendo de libertad en la medida en que el amo siempre tiene la potestad de interferir arbitrariamente.[4]

Para que la falta de interferencia se convierta en libertad como no dominación, es necesario independizarla de los caprichos, o voluntad, o incluso las mejores intenciones del amo gentil, y esto sólo se logra mediante reglas e instituciones de derecho que sostengan la no-dominación. El problema observado por Pettit está en que ese esclavo -también transferible en la actualidad a la idea de un asalariado- está bajo el dominio de otro, y ser dependiente significa vivir en una condición en la que alguien puede, si quiere, constreñirnos a hacer algo que no queremos hacer, o puede impedirnos hacer aquello que tenemos ganas de hacer. La buena voluntad no es una precaución sólida para garantizar la libertad. Este es el punto importante que aporta esta tradición republicana: que la dependencia de la voluntad arbitraria de otros es una forma más grave de constricción de la voluntad.

En contraste con la libertad negativa que puede gozarse en soledad, la no-dominación como objetivo de una república es un ideal que sólo se plantea en presencia de otros, es la libertad cívica, por lo tanto no puede disfrutarse al margen de la sociedad, de allí la importancia de contar con un diseño  institucional que sostenga la imposibilidad de que uno domine a otro.

 

  • La democracia como estrategia superadora para el logro de la libertad republicana

Ahora bien, en toda sociedad existen dos clases de poder: el imperium del estado, y el dominium o el poder privado de interferencia que algunos pueden tener respecto a los demás, así para la filosofía política republicana, promover la libertad como no-dominación implica excluir el poder arbitrario, esto es, tomar todas las medidas necesarias para ponerle un alto tanto al dominium como al imperium.[5]

Para lograr este propósito, el autor ensaya tres respuestas posibles. La primera tiene como estrategia la idea del “poder recíproco”, consiste en hacer más iguales los recursos del dominador y del dominado.  Sin embargo, este tipo de estrategias contiene algunos riesgos, ya que cuantos más recursos posean los agentes, mayores posibilidades de resistir tendrán, pero esto nos conduciría a salvatajes individuales, donde la cantidad y la habilidad en el manejo de esos recursos se transforman en la garantía de la libertad, abandonando la causa social/común característica del republicanismo.

La segunda se vincula con la estrategia que Pettit denomina de la prevención constitucional, que a diferencia del punto anterior, sí intenta eliminar la dominación incorporando una autoridad constitucional en la sociedad y “si ella misma no domina a las partes, entonces habrá puesto fin a la dominación”. (Pettit 1999: 97). Esto incluye el dominio del imperio de la ley y no la de los hombres, como también la clásica  separación de poderes, o la dispersión del mismo a través del bicameralismo, o del propio sistema federal. De cualquier manera, los aspectos constitucionales son importantes para lograr la república, pero al mismo tiempo son insuficientes, porque todo diseño institucional deja siempre un margen de maniobra a los funcionarios para la interpretación sobre el contenido de las leyes, como así también para la ejecución y aplicación de las mismas, por lo tanto, existe  allí la permanente amenaza del poder arbitrario, “Las autoridades ejercerán un poder arbitrario, si las decisiones que toman pueden fundarse en sus intereses personales o banderizos, o en sus interpretaciones personales o banderizas de las obligaciones que entraña ser legislador, administrador o juez (…) Las autoridades tendrán poder, no solo para interferir –lo que es inherente a cualquier sistema de leyes-, sino para interferir de modos relativamente arbitrarios…” (Pettit 1999:240)

Por último y siempre a efectos de garantizar la no-dominación, Pettit considera una tercera posibilidad fuerte que obligue a los gobiernos para que atiendan los intereses de su población, tal sería el caso del poder de veto, o el modo de veto (vetoing mode).[6] Este poder supone la posibilidad de rechazar cualquier decisión pública adoptada, en tanto y cuanto sean individuos, o grupos, consideren que sus intereses han sido vulnerados o no contemplados. Sin embargo este mecanismo es inviable en términos de políticas públicas, ya que toda decisión puede ser rechazada cada vez que alguien se sienta afectado negativamente, asimismo, refuerza tendencias individualistas, ya que vetar una decisión implica trasladar el costo de la decisión a otro, “…los más afectados probablemente bloquearían la iniciativa con la esperanza de inducir a otros a soportar los costos…” (Pettit 2000:118), y esto va en dirección opuesta a las propuestas republicanas, la cual supone a la libertad como un bien social y común.

Debido a las insuficiencias anteriores, Pettit avanza hacia la búsqueda de una fórmula más apropiada para lograr la no-dominación, sin que al mismo tiempo se transforme ella misma en dominadora. y es aquí donde inserta su noción de democracia, la cual entronca con la propia historia del republicanismo según la cual el buen gobierno es aquel que persigue el bien común: “…la democracia tiene que orientar al gobierno hacia todos los intereses comunes, reconocibles de su pueblo (…) tiene que neutralizar el impacto de otras influencia…” (Pettit 2000:114)

De esta manera para él, existen intereses comunes, los que a su vez deben ser reconocidos, y todo gobierno que se condujera por medio de estos intereses y solo por estos, no será arbitrario, esto es reiterado enfáticamente en los últimos trabajos realizados: “…la única salida posible desde una perspectiva republicana, es conseguir que el estado no sea arbitrario, en la medida de lo posible, en su actuación. Un estado no será arbitrario mientras se vea obligado a seguir los intereses reconocidos, comunes de sus ciudadanos, a dar respuesta solo a esos reconocidos y comunes intereses …” (Pettit 2006:284)

De esta forma, los ciudadanos podrían diferir acerca de lo que debe hacer un gobierno, incluso esas diferencias pueden ser muy pronunciadas, sin embargo, en toda sociedad hay ciertas consideraciones dignas de ser tenidas en cuenta, que no tienen una naturaleza egoísta, basada en intereses faccionales, sino que se trata de aquellas cuestiones que pueden ser expuestas en un proceso de discusión pública con los demás,  en donde la gente hable por sí misma, “…cada vez que hay un debate público acerca de lo que nuestro gobierno debería hacer, las diferencias de opinión entre nosotros serán generalmente equilibradas por la emergencia de un repertorio de consideraciones que cada cual reconocerá como relevantes para el debate que mantenemos. Pienso que las consideraciones que sustentamos de esta manera –y que reconocemos que las sustentamos en común- son nuestras evaluaciones públicas compartidas (…) se acumulan a lo largo de los años y llegan a constituir una forma de capital discursivo compartido…” (Pettit 2005 a:54)

Así este ideal de democracia republicana debe garantizar que el gobierno actúe de acuerdo a lo que sostienen esas evaluaciones compartidas, las que tienden a materializarse en arreglos de tipo institucional –por ejemplo una constitución- y que sirven de marco a un gobierno para autorizar y/o reducir alternativas concebibles donde éste podría manejarse.[7]

Sin embargo, los intereses comunes no son siempre tan fáciles de  identificar, por el contrario éste no se concreta automáticamente, sino que se halla condicionado  por diversos factores que limitan y/o impiden su concreción, dando lugar al problema central de una democracia. Esto ocurrirá toda vez que ese bien público no haya sido la resultante de la discusión de los ciudadanos que componen esa comunidad política, o cuando los intereses u opiniones de los afectados no se hayan tomado en cuenta, o directamente cuando ciertos intereses –poderosos- se impongan permanentemente sobre el resto, en tales situaciones no puede decirse que allí se da una república democrática, lo cual implica afirmar que la determinación del bien público no puede estar solamente definida por algunos.

Al mismo tiempo, y más importante aún que el anterior, existe otro riesgo para el logro de una república democrática al cual designa con el nombre del  falso positivo. Aquí el peligro está en que ciertos intereses no comunes se transformen en las únicas influencias autorizadas sobre el gobierno, lo cual implica estar siempre a resguardo de que los intereses no comunes actúen como únicas guías orientadoras de un gobierno. Este riesgo puede aparecer bajo dos modalidades. De una parte, las elecciones generan mayorías y puede ocurrir que estas terminen siendo las únicas orientadoras de las políticas gubernamentales. Así podría producirse una identificación entre mayoría e intereses comunes, que en términos de Pettit podría a su vez finalizar en un despotismo electoral o en la llamada tiranía de la mayoría.

En un segundo sentido, también puede aparecer el riesgo del positivo falso cuando lo particular se identifica con lo general, cuando los intereses individuales pasen a ser considerados como universales. Para lograr este objetivo los dominantes no apelan solo a estrategias de puro poder, sino que desarrollan maniobras de controles discursos, ideológicos que permitan lograr sus objetivos por otros medios. En general tienden a evitar las miradas conflictivas de la sociedad, por el contrario presentan a ésta de forma armónica, compuestas por elementos interdependientes, donde todos forman parte de una totalidad siendo todos necesarios porque comparten un destino común.

 

  • El sentido particular de la democracia en Pettit: la posibilidad de disputar decisiones

En función de los riesgos anteriores, el desafío constitucional de la propuesta neo-republicana será construir un marco institucional que asegure su consecución, y para ello, postula a la democracia en el aspecto dual, o  bidimensional que la misma contiene, con instituciones electorales por un lado, y con capacidad de contestación o disputabilidad por el otro: “Las instituciones democráticas deben tener una dimensión positiva de identificación, así como, una dimensión negativa de escudriñar e impedir (scrutinize-and-disallow dimensión) (…) La dimensión de buscar y autorizar  -el mecanismo generativo- ayudará a asegurar que tengan cabida todas las políticas cuya implementación podrían  avanzar los intereses comunes reconocibles. Y la dimensión de escudriñar y no permitir -el mecanismo de control- ayudará a asegurar que sólo sobrevivan y tengan influencia, aquellas políticas y modos de hacer política que den una respuesta real a los intereses comunes, y que sea  reconocible como tal”.(Pettit 2000:115)

Esta estructura bidimensional encuentra una analogía en otras áreas, las que le sirven a Pettit para desarrollar más extensamente su propuesta. Así llega a establecer un paralelo entre los pasos que se llevan adelante para la elaboración de un artículo periodístico y lo que ocurre en el sistema democrático, tal como él lo percibe, lo cual da lugar a su modelo de autor-editor, propuesta que desarrolla con el fin de promover que los intereses comunes sean las únicas guías con las que se maneje un gobierno, y así garantizar la no-arbitrariedad del mismo. Todas aquellas políticas que aspiran a desempeñarse como intereses comunes reconocidos, deben poder mostrarse para su evaluación y selección; para ello se deben abrir todos los canales para que el público haga propuestas sobre materias que tengan relación con esos intereses, por tanto se desarrolla aquí un tipo de influencia causal sobre cómo serán gobernados, por quienes y a través de qué políticas. Incluso los gobernantes positivamente incentivados en sus reelecciones, se preocuparán por atender esos intereses, de allí que al elaborar sus acciones, los políticos tomarán en cuenta los grupos focales, las encuestas de opinión, las protestas populares.[8]

Sin embargo y pese a adoptar la dimensión electoral como elemento importante de la democracia, ésta adolece de varios inconvenientes que lo obligarán a adoptar medidas complementarias. De una parte señala que las elecciones no constituyen un instrumento que per se asegure la no-dominación, ya que si bien posibilitan que ciertos intereses puedan ser contemplados, no implica por ello que su mera visualización implique concreción de los mismos, de forma tal que el gobierno podría conducirse sin atender a ciertos intereses.

Desde otro lado, el pueblo tiene una gran influencia causal al momento de seleccionar a los gobernantes, pero esa misma causalidad pierde potencia al momento de la elaboración de las políticas concretas, o más importante para Pettit, disminuye el control popular sobre lo que realizan los propios gobernantes. Por tanto, sea porque ciertos intereses estén sobre o sub-representados (en función de tener o carecer de poder), sea porque las acciones de los gobernante no se hallen tan estrechamente comprometidas con los ciudadanos, la democracia asociada al mero control electoral sobre los gobernantes, no puede transformarse en el reaseguro de una república no-dominada. A su vez, las elecciones difícilmente logran la unanimidad de una política, más bien  son la expresión de una mayoría, y dado que una mayoría puede apoyar como cuestión de interés común algo que realmente no lo sea, o podría tomar determinaciones en contra de algunas minorías, podríamos decir que estamos ante la posibilidad de la tiranía de la mayoría.

Por último en estos señalamientos críticos deberíamos mencionar, que esta dimensión electoral tiene otro problema más serio aún que los anteriores, referido ahora a la influencia hostil que podría llevar adelante el grupo de funcionarios y políticos electos, cada vez que estos dirigentes no persigan, ni den respuestas a tales intereses comunes. En este caso el peligro proviene de una tiranía ejercida por una élite democrática.

Esta última preocupación es más importante que la anterior, y se vincula con el verdadero problema democrático. Toda acción gubernamental puede verse influida por factores que no siempre se vinculan con los intereses comunes y reconocidos del pueblo, por el contrario existen otras influencias, más o menos visibles y altamente poderosas, que pueden ser factores determinantes en la implementación de políticas públicas de los equipos gubernamentales. Me refiero a todo tipo de lobby o grupos de presión, que a través del manejo de determinados recursos, se garantizan la implementación de políticas favorables a sus intereses.

Debido a los problemas señalados, la dimensión electoral, la de autor, es insuficiente para garantizar que el gobierno se comporte de forma no-arbitraria, en su lugar, y siguiendo la metáfora gráfica, la dimensión de autor debe complementarse con otra dimensión adicional: la del control editorial. Que un pueblo tenga la capacidad del editor implica no vetar una decisión –que Pettit considera una posición extrema y como tal inviable- sino tener la capacidad de contestar una decisión, de poder revisarla cuando  no sea percibida como portadora de los intereses comunes:

“…la presunción detrás de la queja  es que si esos intereses hubieran sido tomados en cuenta de forma igual, entonces las decisión última habría sido diferente” (Pettit 1999b:180)

De allí que la propuesta se complementa con la incorporación de otra dimensión de control: la contestación, la posibilidad abierta para disputar una decisión cuando la ciudadanía considera que sus puntos de vista se han visto afectados en forma directa, fundamentalmente por no haber sido tomados en cuenta, y para que ello sea posible se requiere una estructura institucional que soporte esa contestación.[9]

Esta perspectiva democrática además de vincularse con la clásica tradición republicana con epicentro en Roma, en donde existían instituciones  pensadas para proporcionar disputabilidad    -como los tribunos de la plebe-, recupera una visión democrática de base contestataria -la idea de recusar-, por medio de la narrativa Lockeana.

Un sistema organizado de esta manera, uno que active la revisión pública y termine obligando a tomar en cuenta ciertos puntos de vista, seguramente sea más débil que el sistema de veto, pero gana en factibilidad (feasibility) para su concreción efectiva, además de tener algunas ventajas adicionales que no son exclusivamente de aplicabilidad práctica. En este sentido debe reconocerse que en toda sociedad existen decisiones que afectarán a ciertos intereses pero el punto clave radica en la imparcialidad de los procedimientos[10], en la percepción del ciudadano acerca del trato igualitario de sus quejas, incluso cuando la decisión final termine por perjudicarlo.

Aún en situaciones donde las consecuencias son negativas para algunos agentes, no por ello pensarán que esos resultados son injustos, en el sentido que se han sentido contemplados en sus intereses comunes, y por tanto no sentirán que sus vidas se hallan bajo el poder arbitrario de alguien, y en la medida que esto ocurra se logrará adicionalmente sentimientos de mayor confianza hacia el sistema político.

 

  • Aspectos finales

Pettit nos propone una interesante forma de repensar la relación entre democracia y la república, lo cual se transforma en sí mismo en un aporte al conocimiento de la teoría política, ya que la democracia ha sido habitualmente pensada y articulada en su relación con otra tradición política como el liberalismo. Sin dudas la idea libertad como no-dominación se convirtió en un elemento que permitió repensar la propia tradición republicana, como asimismo, queda postulada como vara normativa desde donde evaluar las sociedades en relación al valor central de la no-dominación. En ese marco, la democracia se transforma en la forma más adecuada para alcanzar dicho ideal, pero a condición que ésta sea entendida en su doble faz electoral y contestataria.

Precisamente la capacidad de los agentes sociales de disputar una decisión implica alejarse de un concepto de democracia donde los ciudadanos estén actuando en la elaboración de las normas de manera permanente, que de acuerdo a Pettit se convierte en un ideal muy exigente, pero también se aleja de una postura democrática débil que solo requeriría un compromiso mínimo en el momento de la votación. En su lugar disputar es obligar a las autoridades a que contemplen mis puntos de vista, mis intereses, y con ello se recuperan dos ideas caras al republicanismo: de una parte,  la idea según la cual los gobernantes solo son agentes que deben “despachar” los asuntos públicos que les hemos encomendado; y, por otra parte, que al guiarse por los intereses comunes encomendados por esa comunidad, se garantiza que esa sociedad sea auténticamente republicana, esto es que este impedida para transformarse ella misma en un poder dominante.

 

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[1] Se inscriben en esta tendencia crítica hacia el republicanismo, pensadores importantes de la Ciencia Política, y de la teoría política, tales como Robert Dahl (1992), Norberto Bobbio (2002), Natalio Botana (1997-2006 ),y Ángel Rivero.  (1998). En todos los casos, lo que los unifica es la idea que el republicanismo ha sido absorbido por el discurso liberal, y que en la actualidad  es una tradición de pensamiento finalizada, que solo subsiste en nuestro presente como una posición de crítica moral a los excesos oligárquicos de la democracia contemporánea. Etchart Javier (2015).

[2] Es importante registrar que esta pretensión, la de analizar múltiples relaciones de la democracia con otras tradiciones, ha tenido un reconocimiento en un destacado teórico de la ciencia política Argentina, Guillermo O´Donnell (Accountability Horizontal-1998).

[3] Esto no significa que en estas situaciones no se den sanciones, más bien estas existen pero son derivadas del sentimiento de no haber procedido como corresponde, por ello podemos hablar aquí de sanciones auto-impuestas.

[4] Este punto queda claramente expuesto en una obra clásica de la literatura Norteamericana del siglo XIX “La Cabaña del Tío Tom” de Enriqueta Stowe, (Bs.As., ed. Atlantida, 3º edición, 1945) y que históricamente sirvió para denunciar el sistema de esclavitud y los abusos cometidos contra los negros.  Es interesante citar algunos párrafos del texto ya que ilustra con absoluta claridad el planteo realizado por Pettit respecto a la idea de la dominación y la interferencia.

[5] Debe señalarse que en su obra Pettit desarrolla más extensamente los peligros provenientes del imperium.

[6] El antecedente histórico rescatado por Pettit es la creación en la república romana de los Tribuni Plebis como una institución con capacidad de veto (intercessio), de oposición al poder patricio de los cónsules.

[7] Pettit vuelve sobre esta idea sobre la democracia  en un artículo “Three conceptions of democracy control” (2008),  en el cual argumenta a favor de un modelo de control popular-institucional sobre el gobierno, que denomina modelo de condominio (condominium model). En los condominios,  los propietarios de departamentos por lo  general no administran sus asuntos de forma asamblearia, sino que delegan esa potestad en una comisión que se  encargará de atender los asuntos del edificio. Esta comisión deberá actuar en función de los términos de referencia aprobados (terms of reference endorsed) por los miembros como un todo.El mayor peso argumentativo se dirige hacia una propuesta de control popular-institucional, analizando la relación entre los propietarios y la comisión, y como los primeros mantienen un control sobre aquella, de tal modo que ésta siempre se siente compelida a actuar en función de esos términos de referencia y solo por ellos: “…la comisión no será encargada de perseguir ningún otro fin más que estos, a menos que suceda que están relacionados como medios para la realización de los fines primarios…” ( p-52).

[8] La dimensión electoral de la democracia ha tenido un amplio reconocimiento en la literatura política (Sartori 1987), particularmente importante es el tratamiento dado por Joseph Schumpeter (1996).

 

[9] Aquí Pettit (2005 b-2006) se refiere a la existencia de una marco institucional que posibilite la realización efectiva de la contestación, y para ello propone tres puntos: 1-Las normas de procedimientos que todo estado debería seguir, 2- Los recursos consultivos, los cuales remiten a los mecanismos que despliegan los gobiernos para posibilitar una mayor influencia de los ciudadanos entre los períodos electorales., y 3- Recursos de apelación ante los funcionarios que incumplen sus tareas, o por no ajustarse a derecho.

[10] El autor destaca una distinción entre un acto de interferencia arbitraria puede tener un doble sentido: procedimental –que no hayan sido atendidos o escuchados los intereses de las personas-,  o un sentido sustancial –que vaya en contra de los intereses de las personas- .