Resumen: Desde el siglo
XIX en adelante se ha producido una articulación entre la democracia y el
liberalismo, la cual ha dominado la teoría política. Esta trayectoria ha
opacado otras posibles articulaciones de la democracia, de allí que este
trabajo propone reponer una narrativa entre el republicanismo, como tradición
política y la democracia como forma de gobierno, particularmente a partir de
los aportes del neo-republicanismo de Philip Pettit y su idea de libertad como
no-dominación. El desarrollo realizado por este autor, la particularidad de su
democracia se convierte en una referencia importante a los efectos de contar
con una teorización que permita pensar de manera alternativa a las democracias
y las posibles formas para elevar su calidad.
Abstract:
Since
the nineteenth century onwards there has been a joint between democracy and
liberalism, which has dominated political theory. This path has overshadowed
other possible joints of democracy, hence this paper proposes replacing a
narrative between republicanism as a political tradition and democracy as a
form of government, particularly from the contributions of neo-republicanism
and Philip Pettit idea of freedom as non-domination. The development by this
author, the particularity of its democracy becomes an important reference for
the purpose of having a theorizing that allows thinking of alternative
democracies and possible ways to improve their quality manner.
“¿LA
REPÚBLICA DEMOCRÁTICA COMO ALTERNATIVA A LA DEMOCRACIA LIBERAL?
Una
aproximación desde la filosofía política de Philip Pettit”
Autor:
Javier Etchart
Institución:
Universidad Nacional de Luján- Universidad de Morón
Correo:
fliaetchart@yahoo.com.ar.
El
presente trabajo está inspirado en una doble motivación. Por un lado, se
inscribe en el marco de la recuperación de una clásica tradición del
pensamiento como es el republicanismo, especialmente, a partir de los
trabajos realizados por Philip Pettit (1999) y el concepto desarrollado
por él sobre la libertad entendida como no-dominación. La
contribución realizada por éste, ha sido extensamente valorada en el revival
republicano, primordialmente después que importantes teóricos políticos
decretaron la escasa utilidad de esta tradición para entender los fenómenos
actuales.[1]
Por
otro lado, el autor mencionado no solamente instala un concepto desde el cual
se puede volver a pensar esta añeja tradición, sino a su vez, produce un
segundo aporte de importancia, tal como es el análisis articulado entre la
república como tradición política, y la democracia como forma de gobierno. La
sola pretensión de querer relacionar ambos conceptos, contiene una validez
intrínseca que debe ser recuperada, ya que la historia de ambos las ha mostrado
no solo separados, sino como pares contrapuestos entre sí.
Además
de no haber sido tan desarrollada esta relación, también se vio opacada por
otro par que unía a la democracia con el liberalismo –la democracia liberal-.
El encuentro entre la democracia y el liberalismo constituye una asociación que
comenzó a tomar forma históricamente entre finales del siglo XIX y comienzos
del XX, cuando las masas van irrumpiendo en el escenario político mundial y el
sufragio se amplía a sectores marginados hasta este entonces de la vida
pública, a partir de ese momento y en adelante recorren un camino juntos. De
esta forma cuando los derechos políticos se universalizan, lo hacen sobre un
marco dominado por la filosofía liberal, por ello parece darse entre ambas una
relación de necesariedad, naturalidad e interdependencia: se necesitan ciertas
libertades para el correcto ejercicio del poder democrático, y por el otro lado
también se necesita poder democrático para garantizar la existencia y
persistencia de las libertades fundamentales. Esta aclaración es importante ya
que se ha llegado a pensar en su unidad intrínseca, ambos funcionando casi como
sinónimos y no en un encuentro contingente, tal como ha sido realmente. Recuperar
esta memoria histórica es medular porque desde la 2º guerra mundial y posteriormente
con la caída del muro de Berlín, el paradigma liberal ha impregnado el concepto
democrático, lo cual impide ver que no es la única tradición desde la cual
democracia puede ser pensada.[2]
Tomando
en cuenta estos elementos iniciales, el trabajo describirá el tratamiento
específico que Pettit desarrolla en relación a su concepto de república, lo
mismo que el sentido particular asignado a la democracia, como así también y
centralmente, la articulación específica dada entre ambos conceptos, con el objetivo
de alcanzar una república no-dominada.
Por
último, y derivados de los análisis anteriores, este trabajo se permitirá
señalar algunas insuficiencias, o abrirá interrogantes en relación a las
posibilidades concretas, de que la democracia –tal como la entiende el autor
irlandés- se transforme efectivamente en la forma más adecuada para lograr el
ideal neo-republicano de la libertad como no-dominación.
- Libertad
republicana y las estrategias para lograr la no-dominación
Para
Pettit y una buena parte del republicanismo, la dicotomía propuesta por Isiah
Berlin (1993)
entre dos tipos de libertades negativa y positiva, ha impedido
entender cabalmente el concepto de libertad, ya que entre
esos dos
conceptos existe una tercera posibilidad, que incluso contiene elementos de
ambos. Es así que Pettit, diferenciándose de ambas formas interpretativas de la
libertad, sostiene que ésta no consiste en la ausencia de interferencia
(libertad negativa), ni tampoco en el autocontrol (libertad positiva), sino que
la clave radica en la “ausencia de dominación”, entendiendo a esta como
la ausencia de interferencias arbitrarias. Ser libre, en este sentido,
no significa meramente estar exento de toda interferencia, sino no estar sujeto
al arbitrio de otro. Según la definición de Pettit, alguien
tiene poder de dominación sobre otro, en la medida en que tiene capacidad para
interferir de un modo arbitrario en determinadas elecciones que el otro pueda
realizar, esto es, si alguien, sea un agente personal o colectivo, tiene una
capacidad real de interferir con el propósito intencional de empeorar la
situación del agente. Cuando hablamos acerca de la
dominación, nos referimos a la capacidad que tiene un agente de restringir las
alternativas de acción o decisión que tiene otro agente, o como aquella
capacidad de imponerle directamente una decisión; o la de impedirle continuar
con lo que estaba haciendo, incluso que ni siquiera intente hacer lo que
probablemente hubiera hecho de no haber mediado esa situación de dominación
(esto último es un aspecto importante porque constituye un punto elevado de la
dominación, siendo el menos visible, aquel en donde se tiene la sensación que
“no ha pasado nada”). El dominante funda su dominio en la capacidad de imponer
sanciones, cuando esto ocurre nos hallamos en el ámbito de las relaciones de
poder. Pero también existen situaciones donde el dominado actúe sin la
presión de recibir sanciones, sino que actúa bajo la creencia que así es como
debe comportarse. En casos como estos el poder –desnudo- cede su paso a las relaciones
de influencia[3].
Por otro lado, puede existir dominación
sin interferencia, y si esto es así entonces, en tales circunstancias, un
republicano afirmaría que hay falta de libertad mientras un liberal lo negaría.
Si un esclavo está bajo las órdenes de un amo benévolo o gentil (the
kindly master), al punto de permitirle a su esclavo
hacer lo que quiera: moverse libremente, tener recursos propios, utilizar
incluso los recursos del amo, y aun cuando el amo no interfiera en
sus acciones, para un republicano ese esclavo sigue careciendo de libertad en
la medida en que el amo siempre tiene la potestad de interferir
arbitrariamente.[4]
Para que la falta de interferencia se
convierta en libertad como no dominación, es necesario independizarla de los caprichos,
o voluntad, o incluso las mejores intenciones del amo gentil, y esto sólo se
logra mediante reglas e instituciones de derecho que sostengan la
no-dominación. El problema observado por Pettit está en que ese
esclavo -también transferible en la actualidad a la idea de un asalariado- está
bajo el dominio de otro, y ser dependiente significa vivir en una condición en
la que alguien puede, si quiere, constreñirnos a hacer algo que no
queremos hacer, o puede impedirnos hacer aquello que tenemos ganas de hacer. La
buena voluntad no es una precaución sólida para garantizar la libertad. Este es
el punto importante que aporta esta tradición republicana: que la dependencia
de la voluntad arbitraria de otros es una forma más grave de constricción de la
voluntad.
En
contraste con la libertad negativa que puede gozarse en soledad, la
no-dominación como objetivo de una república es un ideal que sólo se plantea en
presencia de otros, es la libertad cívica, por lo tanto no puede disfrutarse al
margen de la sociedad, de allí la importancia de contar con un diseño institucional
que sostenga la imposibilidad de que uno domine a otro.
- La
democracia como estrategia superadora para el logro de la libertad
republicana
Ahora
bien, en toda sociedad existen dos clases de poder: el imperium del
estado, y el dominium o el poder privado de interferencia que algunos
pueden tener respecto a los demás, así para la filosofía política republicana,
promover la libertad como no-dominación implica excluir el poder arbitrario,
esto es, tomar todas las medidas necesarias para ponerle un alto tanto al
dominium como al imperium.[5]
Para lograr este propósito, el autor ensaya tres respuestas
posibles. La primera tiene como estrategia la idea del “poder recíproco”,
consiste en hacer más iguales los recursos del dominador y del dominado. Sin
embargo, este tipo de estrategias contiene algunos riesgos, ya que cuantos más
recursos posean los agentes, mayores posibilidades de resistir tendrán, pero
esto nos conduciría a salvatajes individuales, donde la cantidad y la habilidad
en el manejo de esos recursos se transforman en la garantía de la libertad,
abandonando la causa social/común característica del republicanismo.
La segunda se vincula con la estrategia que Pettit denomina de la prevención
constitucional, que a diferencia del punto anterior, sí intenta eliminar la
dominación incorporando una autoridad constitucional en la sociedad y “si
ella misma no domina a las partes, entonces habrá puesto fin a la dominación”. (Pettit
1999: 97). Esto incluye el dominio del imperio de la ley y no la de los
hombres, como también la clásica separación de poderes, o la dispersión del
mismo a través del bicameralismo, o del propio sistema federal. De cualquier
manera, los aspectos constitucionales son importantes para lograr la república,
pero al mismo tiempo son insuficientes, porque todo diseño institucional deja
siempre un margen de maniobra a los funcionarios para la interpretación sobre
el contenido de las leyes, como así también para la ejecución y aplicación de
las mismas, por lo tanto, existe allí la permanente amenaza del poder
arbitrario, “Las autoridades ejercerán un poder arbitrario, si las
decisiones que toman pueden fundarse en sus intereses personales o banderizos,
o en sus interpretaciones personales o banderizas de las obligaciones que
entraña ser legislador, administrador o juez (…) Las autoridades tendrán poder,
no solo para interferir –lo que es inherente a cualquier sistema de leyes-,
sino para interferir de modos relativamente arbitrarios…” (Pettit 1999:240)
Por último y siempre a efectos de garantizar la no-dominación,
Pettit considera una tercera posibilidad fuerte que obligue a los gobiernos
para que atiendan los intereses de su población, tal sería el caso del poder de
veto, o el modo de veto (vetoing mode).[6]
Este poder supone la posibilidad de rechazar cualquier decisión pública
adoptada, en tanto y cuanto sean individuos, o grupos, consideren que sus
intereses han sido vulnerados o no contemplados. Sin embargo este mecanismo es
inviable en términos de políticas públicas, ya que toda decisión puede ser
rechazada cada vez que alguien se sienta afectado negativamente, asimismo,
refuerza tendencias individualistas, ya que vetar una decisión implica
trasladar el costo de la decisión a otro, “…los más afectados probablemente
bloquearían la iniciativa con la esperanza de inducir a otros a soportar los
costos…” (Pettit 2000:118), y esto va en dirección opuesta a las propuestas
republicanas, la cual supone a la libertad como un bien social y común.
Debido
a las insuficiencias anteriores, Pettit avanza hacia la búsqueda de una fórmula
más apropiada para lograr la no-dominación, sin que al mismo tiempo se
transforme ella misma en dominadora. y es aquí donde inserta su noción de
democracia, la cual entronca con la propia historia del republicanismo según la
cual el buen gobierno es aquel que persigue el bien común: “…la
democracia tiene que orientar al gobierno hacia todos los intereses comunes,
reconocibles de su pueblo (…) tiene que neutralizar el impacto de otras
influencia…” (Pettit 2000:114)
De
esta manera para él, existen intereses comunes, los que a su vez deben ser
reconocidos, y todo gobierno que se condujera por medio de estos intereses y
solo por estos, no será arbitrario, esto es reiterado enfáticamente en los
últimos trabajos realizados: “…la única salida posible desde una perspectiva
republicana, es conseguir que el estado no sea arbitrario, en la medida de lo
posible, en su actuación. Un estado no será arbitrario mientras se vea obligado
a seguir los intereses reconocidos, comunes de sus ciudadanos, a dar respuesta
solo a esos reconocidos y comunes intereses …” (Pettit 2006:284)
De
esta forma, los ciudadanos podrían diferir acerca de lo que debe hacer un
gobierno, incluso esas diferencias pueden ser muy pronunciadas, sin embargo, en
toda sociedad hay ciertas consideraciones dignas de ser tenidas en cuenta, que
no tienen una naturaleza egoísta, basada en intereses faccionales, sino que se
trata de aquellas cuestiones que pueden ser expuestas en un proceso de
discusión pública con los demás, en donde la gente hable por sí misma, “…cada
vez que hay un debate público acerca de lo que nuestro gobierno debería hacer,
las diferencias de opinión entre nosotros serán generalmente equilibradas por
la emergencia de un repertorio de consideraciones que cada cual reconocerá como
relevantes para el debate que mantenemos. Pienso que las consideraciones que
sustentamos de esta manera –y que reconocemos que las sustentamos en común- son
nuestras evaluaciones públicas compartidas (…) se acumulan a lo largo de los
años y llegan a constituir una forma de capital discursivo compartido…”
(Pettit 2005 a:54)
Así
este ideal de democracia republicana debe garantizar que el gobierno actúe de
acuerdo a lo que sostienen esas evaluaciones compartidas, las que
tienden a materializarse en arreglos de tipo institucional –por ejemplo una
constitución- y que sirven de marco a un gobierno para autorizar y/o reducir
alternativas concebibles donde éste podría manejarse.[7]
Sin embargo, los
intereses comunes no son siempre tan fáciles de identificar, por el contrario
éste no se concreta automáticamente, sino que se halla condicionado por
diversos factores que limitan y/o impiden su concreción, dando lugar al problema
central de una democracia. Esto ocurrirá toda vez que ese bien público no
haya sido la resultante de la discusión de los ciudadanos que componen esa
comunidad política, o cuando los intereses u opiniones de los afectados no se
hayan tomado en cuenta, o directamente cuando ciertos intereses –poderosos- se
impongan permanentemente sobre el resto, en tales situaciones no puede decirse
que allí se da una república democrática, lo cual implica afirmar que la
determinación del bien público no puede estar solamente definida por algunos.
Al
mismo tiempo, y más importante aún que el anterior, existe otro riesgo para el
logro de una república democrática al cual designa con el nombre del falso
positivo. Aquí el peligro está en que ciertos intereses no comunes se
transformen en las únicas influencias autorizadas sobre el gobierno, lo cual
implica estar siempre a resguardo de que los intereses no comunes actúen como
únicas guías orientadoras de un gobierno. Este riesgo puede aparecer bajo dos
modalidades. De una parte, las elecciones generan mayorías y puede ocurrir que
estas terminen siendo las únicas orientadoras de las políticas gubernamentales.
Así podría producirse una identificación entre mayoría e intereses comunes, que
en términos de Pettit podría a su vez finalizar en un despotismo electoral
o en la llamada tiranía de la mayoría.
En
un segundo sentido, también puede aparecer el riesgo del positivo falso cuando
lo particular se identifica con lo general, cuando los intereses individuales
pasen a ser considerados como universales. Para lograr este objetivo los
dominantes no apelan solo a estrategias de puro poder, sino que desarrollan
maniobras de controles discursos, ideológicos que permitan lograr sus objetivos
por otros medios. En general tienden a evitar las miradas conflictivas de la
sociedad, por el contrario presentan a ésta de forma armónica, compuestas por
elementos interdependientes, donde todos forman parte de una totalidad siendo
todos necesarios porque comparten un destino común.
- El
sentido particular de la democracia en Pettit: la
posibilidad de disputar decisiones
En
función de los riesgos anteriores, el desafío constitucional de la propuesta
neo-republicana será construir un marco institucional que asegure su
consecución, y para ello, postula a la democracia en el aspecto dual, o bidimensional
que la misma contiene, con instituciones electorales por un lado, y con
capacidad de contestación o disputabilidad por el otro: “Las
instituciones democráticas deben tener una dimensión positiva de
identificación, así como, una dimensión negativa de escudriñar e impedir
(scrutinize-and-disallow dimensión) (…) La dimensión de buscar y autorizar -el
mecanismo generativo- ayudará a asegurar que tengan cabida todas las políticas
cuya implementación podrían avanzar los intereses comunes reconocibles. Y la
dimensión de escudriñar y no permitir -el mecanismo de control- ayudará a
asegurar que sólo sobrevivan y tengan influencia, aquellas políticas y modos de
hacer política que den una respuesta real a los intereses comunes, y que sea reconocible
como tal”.(Pettit 2000:115)
Esta
estructura bidimensional encuentra una analogía en otras áreas, las que le
sirven a Pettit para desarrollar más extensamente su propuesta. Así llega a
establecer un paralelo entre los pasos que se llevan adelante para la
elaboración de un artículo periodístico y lo que ocurre en el sistema
democrático, tal como él lo percibe, lo cual da lugar a su modelo de autor-editor,
propuesta que desarrolla con el fin de promover que los intereses comunes sean
las únicas guías con las que se maneje un gobierno, y así garantizar la
no-arbitrariedad del mismo. Todas aquellas políticas que aspiran a desempeñarse
como intereses comunes reconocidos, deben poder mostrarse para su evaluación y
selección; para ello se deben abrir todos los canales para que el público haga
propuestas sobre materias que tengan relación con esos intereses, por tanto se
desarrolla aquí un tipo de influencia causal sobre cómo serán
gobernados, por quienes y a través de qué políticas. Incluso los gobernantes
positivamente incentivados en sus reelecciones, se preocuparán por atender esos
intereses, de allí que al elaborar sus acciones, los políticos tomarán en
cuenta los grupos focales, las encuestas de opinión, las protestas populares.[8]
Sin
embargo y pese a adoptar la dimensión electoral como elemento importante de la
democracia, ésta adolece de varios inconvenientes que lo obligarán a adoptar
medidas complementarias. De una parte señala que las elecciones no constituyen
un instrumento que per se asegure la no-dominación, ya que si bien
posibilitan que ciertos intereses puedan ser contemplados, no implica por ello
que su mera visualización implique concreción de los mismos, de forma tal que
el gobierno podría conducirse sin atender a ciertos intereses.
Desde
otro lado, el pueblo tiene una gran influencia causal al momento de seleccionar
a los gobernantes, pero esa misma causalidad pierde potencia al momento de la
elaboración de las políticas concretas, o más importante para Pettit, disminuye
el control popular sobre lo que realizan los propios gobernantes. Por tanto,
sea porque ciertos intereses estén sobre o sub-representados (en función de
tener o carecer de poder), sea porque las acciones de los gobernante no se
hallen tan estrechamente comprometidas con los ciudadanos, la democracia
asociada al mero control electoral sobre los gobernantes, no puede
transformarse en el reaseguro de una república no-dominada. A su vez, las
elecciones difícilmente logran la unanimidad de una política, más bien son la
expresión de una mayoría, y dado que una mayoría puede apoyar como cuestión de
interés común algo que realmente no lo sea, o podría tomar determinaciones en
contra de algunas minorías, podríamos decir que estamos ante la posibilidad de
la tiranía de la mayoría.
Por
último en estos señalamientos críticos deberíamos mencionar, que esta dimensión
electoral tiene otro problema más serio aún que los anteriores, referido ahora
a la influencia hostil que podría llevar adelante el grupo de funcionarios y
políticos electos, cada vez que estos dirigentes no persigan, ni den respuestas
a tales intereses comunes. En este caso el peligro proviene de una tiranía
ejercida por una élite democrática.
Esta
última preocupación es más importante que la anterior, y se vincula con el
verdadero problema democrático. Toda acción gubernamental puede verse
influida por factores que no siempre se vinculan con los intereses comunes y
reconocidos del pueblo, por el contrario existen otras influencias, más o menos
visibles y altamente poderosas, que pueden ser factores determinantes en la
implementación de políticas públicas de los equipos gubernamentales. Me refiero
a todo tipo de lobby o grupos de presión, que a través del manejo de
determinados recursos, se garantizan la implementación de políticas favorables
a sus intereses.
Debido
a los problemas señalados, la dimensión electoral, la de autor, es
insuficiente para garantizar que el gobierno se comporte de forma
no-arbitraria, en su lugar, y siguiendo la metáfora gráfica, la dimensión de
autor debe complementarse con otra dimensión adicional: la del control
editorial. Que un pueblo tenga la capacidad del editor implica no vetar una
decisión –que Pettit considera una posición extrema y como tal inviable- sino
tener la capacidad de contestar una decisión, de poder revisarla cuando
no sea percibida como portadora de los intereses comunes:
“…la presunción
detrás de la queja es que si esos intereses hubieran sido tomados en cuenta de
forma igual, entonces las decisión última habría sido diferente” (Pettit
1999b:180)
De
allí que la propuesta se complementa con la incorporación de otra dimensión de
control: la contestación, la posibilidad abierta para disputar una
decisión cuando la ciudadanía considera que sus puntos de vista se han visto
afectados en forma directa, fundamentalmente por no haber sido tomados en
cuenta, y para que ello sea posible se requiere una estructura institucional
que soporte esa contestación.[9]
Esta
perspectiva democrática además de vincularse con la clásica tradición republicana
con epicentro en Roma, en donde existían instituciones pensadas para
proporcionar disputabilidad -como los tribunos de la plebe-, recupera una
visión democrática de base contestataria -la idea de recusar-, por medio de la
narrativa Lockeana.
Un
sistema organizado de esta manera, uno que active la revisión pública y termine
obligando a tomar en cuenta ciertos puntos de vista, seguramente sea más débil
que el sistema de veto, pero gana en factibilidad (feasibility) para su
concreción efectiva, además de tener algunas ventajas adicionales que no son
exclusivamente de aplicabilidad práctica. En este sentido debe reconocerse que
en toda sociedad existen decisiones que afectarán a ciertos intereses pero el
punto clave radica en la imparcialidad de los procedimientos[10], en la
percepción del ciudadano acerca del trato igualitario de sus quejas, incluso
cuando la decisión final termine por perjudicarlo.
Aún
en situaciones donde las consecuencias son negativas para algunos agentes, no
por ello pensarán que esos resultados son injustos, en el sentido que se han
sentido contemplados en sus intereses comunes, y por tanto no sentirán que sus
vidas se hallan bajo el poder arbitrario de alguien, y en la medida que esto
ocurra se logrará adicionalmente sentimientos de mayor confianza hacia el
sistema político.
Pettit
nos propone una interesante forma de repensar la relación entre democracia y la
república, lo cual se transforma en sí mismo en un aporte al conocimiento de la
teoría política, ya que la democracia ha sido habitualmente pensada y
articulada en su relación con otra tradición política como el liberalismo. Sin
dudas la idea libertad como no-dominación se convirtió en un elemento que
permitió repensar la propia tradición republicana, como asimismo, queda
postulada como vara normativa desde donde evaluar las sociedades en relación al
valor central de la no-dominación. En ese marco, la democracia se transforma en
la forma más adecuada para alcanzar dicho ideal, pero a condición que ésta sea
entendida en su doble faz electoral y contestataria.
Precisamente
la capacidad de los agentes sociales de disputar una decisión implica alejarse
de un concepto de democracia donde los ciudadanos estén actuando en la
elaboración de las normas de manera permanente, que de acuerdo a Pettit se
convierte en un ideal muy exigente, pero también se aleja de una postura
democrática débil que solo requeriría un compromiso mínimo en el momento de la
votación. En su lugar disputar es obligar a las autoridades a que contemplen
mis puntos de vista, mis intereses, y con ello se recuperan dos ideas caras al
republicanismo: de una parte, la idea según la cual los gobernantes solo son
agentes que deben “despachar” los asuntos públicos que les hemos encomendado;
y, por otra parte, que al guiarse por los intereses comunes encomendados por
esa comunidad, se garantiza que esa sociedad sea auténticamente republicana,
esto es que este impedida para transformarse ella misma en un poder dominante.
Bibliografía
ARBLASTER,Anthony,
1992, La democracia, Madrid,Alianza,.
BERLIN,
Isaih, 1993, Cuatro Ensayos sobre la Libertad, Madrid, ed.Alianza,.
BERTOMEU,
María Julia, Julio 2005, Republicanismo y Propiedad, Revista Sinpermiso,
BERTOMEU
M.J, DOMENECH, A., DE FRANCISCO A., 2005, Republicanismo y Democracia, Bs.As.,
Miño y Dávila.
BOBBIO, Norberto, 1985, El futuro de
la democracia, Barcelona, Plaza & Janés,
BOBBIO, Norberto, y VIROLI, Maurizio,2002, Diálogo
en torno a la república, Barcelona,Tusquets.
BOTANA,
NATALIO, 1997, La Tradición Republicana. Alberdi, Sarmiento y las ideas
políticas de su tiempo, Buenos Aires, Sudamericana.
----------- 2006, Poder y Hegemonía, Bs.As., Emecé.
DAHL Robert, 1992, La Democracia y sus Críticos, Paidós,
Barcelona.
DOMÈNECH,Antoni, 2004,El eclipse de
la fraternidad, Barcelona, ed.Crítica.
--------- Julio 2007 , Tres amenazas a la democracia, Revista
sin permiso.
DUNN, J. (ed.), 1995, Democracia.
El viaje inacabado (508 a.C 1993 d.C), Barcelona, Tusquets.
ETCHART, Javier,
“Lecturas contemporáneas en la
consolidación de un republicanismo liberal. La consolidación del republicanismo
liberal: ¿una articulación inevitable o un recorrido posible?” .Revista Studia
Politicae. Universidad Católica de Cdba. ISSN 1669-7405. (2015),
En prensa.
LINCK,Delfina,
y O´DONNELL,Guillermo, Dependencia y autonomía, formas de dependencia y
estrategias de liberación, Buenos Aires, Amorrortu,1973.
LOCKE John, 1990, Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil,
Madrid, Alianza.
MAQUIAVELO Nicolás, 2000, Discursos sobre la Primera Década de Tito Livio
Madrid, Alianza.
NUN
José, 2000,Democracia, Gobierno del pueblo o gobierno de los Políticos?,
Bs.As.,FCE.
O´DONNELL,
Guillermo,
1998,
Accountability horizontal, en Revista Agora, nº 8.
OVEJERO,
Félix, Democracia liberal y democracias republicanas, en Revista Claves
de Razón práctica,Nº 111, abril 2001.
------------Incluso un pueblo de demonios: democracia, liberalismo,
republicanismo, Madrid, ed Katz, 2008.
PETTIT,
Philip, 1999a, Republicanismo, Una Teoría sobre el Gobierno y la Libertad,
Barcelona, Paidós,
---------1999
b, Republican freedon and contestatory democratization,'
in Ian Shapiro and Casiano Hacker-Cordon, ed., Democracy's
Value, Cambridge, Cambridge University Press, pp. 163-90
---------2000,
Democracy, electoral and contestatory, Nomos ,
vol 42, pp. 105-44.
----------2005
a, Democracia y evaluaciones compartidas, revista isonomía Nº 23,
octubre.
---------- 2005b, La Libertad Republicana y su Trascendencia
Constitucional, en Bertomeu M.J.,Domenech A., De Francisco A.( comps), Republicanismo
y Democracia, Argentina, Miño y Dávila.
----------2006, Una teoría de la libertad, Madrid, Losada.
----------
2008,
Three conceptions of democracy control, Constellations, vol.15, Nº 1.
RIVERO,
Angel, 1998, El Discurso Republicano en Del Águila, Rafael y Vallespín,
Fernando La Democracia en sus Textos, Alianza, Madrid,
SARTORI
Giovanni, 1987, Teoría
de la Democracia, T. 1 y 2, Alianza, Madrid.
SKINNER,
QUENTIN, -La idea de Libertad Negativa: perspectivas
Filosóficas e Históricas,en Rorty R., Schneewind J y Skinner
Q.(comps.) La Filosofía en la Historia.Ensayos de historiografía de la
Filosofía. Barcelona,Paidós 1984.
------------La
Libertad antes del Liberalismo, México, Taurus 2004.
SCHUMPETER
Joseph, Capitalismo, socialismo y democracia, Madrid, Ed.Folio,1996.
STOWE Enriqueta,
1945,
La
Cabaña del Tío Tom, Bs.As., ed. Atlantida, 3º edición.
STRASSER, Carlos, Para una teoría de
la democracia posible, parte 1-2,Bs.As,GEL,1990-91.