Revista de Ciencia Pol�tica
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Revista Nº14 " INSTITUCIONES Y PROCESOS GUBERNAMENTALES X "

Resumen

 

Durante los noventa y la primera década del siglo XXI, los países de América Latina se encontraban en crisis, tanto social como política y económica. La aparición de nuevos líderes en el sistema como en el caso de Menem en Argentina y de Uribe en Colombia, significó la creación de un nuevo paradigma en cuanto a gobernantes se trata. Estos dos líderes se pueden considerar unos maestros del arte de la negociación, junto a su habilidad para cohesionar a los espectros políticos de sistema y a la vez a la sociedad, lograron llevar a cabo una reforma a la constitución que en ambos casos, lograría que se permitiera la reelección inmediata. Sin embargo, la reforma hecha por Menem sería mucho más ambiciosa en el sentido de institucionalizar un decretismo.

 

ABSTRACT

 

In the decade of 1990 and the first years of the twentieth one century, America Latina was going through a social, political and economic crisis. Some new leaders appeared in political system such as Menem in Argentina and Uribe in Colombia and their emergence meant a new paradigm of government. Both leaders can be considered as masters in negotiation art besides the fact that they showed a special ability to unite well known politicians and the majority of society and could reform the Constitution in both nations in order to allow immediate presidential reelection. In spite of that, the Constitution reform promoted by Menem would have been much more ambitious because it aimed to institutionalize a new way of government based on decrees instead of formal laws.

 

“El arte de negociar: las obras maestras de las reformas constitucionales con miras a la reelección, por Menem y Uribe”

Por: Laura Breci*

 

INTRODUCCIÓN

 

Las nuevas formas de desarrollar la política y de generar un consenso al interior de una sociedad y del mismo sistema político han ido evolucionando a través del tiempo. De este modo, se plantea un nuevo tipo de negociación que tiene como centro de la construcción del discurso conciliador, un líder, en este caso Carlos Saúl Menem y Álvaro Uribe Vélez. Gracias a estos nuevos discursos, ambos presidentes lograron reformar la Constitución de sus respectivos países.

 

Por lo anterior, resulta necesario, analizar no sólo la forma como estos líderes lograron movilizar la rama legislativa de sus países, sino también cuál fue el efecto de estas reformas constitucionales en cuanto a la generación de un marco institucional que sustente el decisionismo.

 

El objetivo del presente trabajo es analizar comparativamente los liderazgos de Carlos Saúl Menem en Argentina y de Álvaro Uribe Vélez en Colombia para establecer características comunes y diferentes en el desarrollo del arte negociador que cada uno desempeñó durante su mandato encaminado a lograr reformas constitucionales y las consecuencias que éstas tuvieron para facilitar el desempeño del decisionismo como estilo político.

 

El desarrollo político tanto de Argentina y Colombia ha sido muy distinto, si bien ambos países comparten características similares entre ellas un mismo idioma, una religión mayoritaria (catolicismo), y sistema político bastante similar, a la hora de comparar a sus líderes y la forma en que la evolución política ha pasado por sus territorios es muy distinta.

 

Por un lado, se encuentra la década de los 90, una época difícil para toda América, las secuelas de la crisis de la deuda externa y luego la crisis del tequila, en México, tenían en jaque a la mayoría de los países de la región. Razón por la cual en varios de estos estados se decidió tomar medidas que liberalizaran la economía, tanto en Colombia como en Argentina se dieron estos cambios.

 

Sin embargo, en cuanto al desarrollo político de ambos países, distan en parecerse, puesto que, Argentina estaba viviendo la vuelta a la democracia, estaba en pleno cambio político al mando de Carlos Menem, mientras en Colombia si bien se encontraba en un cambio político debido a que se estaba estrenando una constitución, el líder no era tan importante e imponente como el argentino.

 

Gracias a las características del liderazgo de Menem y su arte negociador, logro un consenso nunca antes visto en la historia de argentina, este acuerdo lo llevo a consolidar una reforma constitucional, que según él sustentara todos los cambios que se iban a hacer durante su mandato.

 

Por su lado, si bien en Colombia durante la década en que Menem era presidente no hubo un líder que movilizara a toda la población y que con su discurso y facultades negociadoras, cohesionara a todos los partidos y conquistara al congreso. Más tarde el pueblo colombiano conocería un líder como el que se mencionó con anterioridad, para el nuevo milenio ese líder apareció en la historia política colombiana, encarnado en Álvaro Uribe Vélez.

 

Colombia, al igual que Argentina se encontraba en una gran crisis tanto económica como social, aunque la crisis colombiana se veía agudizada por su conflicto interno, es entonces cuando en el 2002 llega un personaje, que cambia el rumbo de la política en Colombia, porque era la primera vez que un candidato de un partido diferente de los tradicionales – Partido Liberal y Partido Conservador- llegaba a la presidencia.

 

Sus facultades para convocar gente y su facilidad para negociar con la gran mayoría de los sectores del espectro político colombiano, al igual que Menem permitieron que en 2005 tuviera éxito una reforma constitucional, muy polémica en el país, la cual permitía la reelección.

 

Según lo anterior, es necesario platearse las siguientes preguntas a manera de hilo conductor de este trabajo: ¿Son las reformas constitucionales tanto en Argentina y Colombia resultado de la negociación política de sus líderes? Y ¿Cuál es el efecto desde el punto de vista de las reformas constitucionales en Argentina y Colombia para facilitar la institucionalización del decisionismo? Estos interrogantes generarán la siguiente hipótesis de trabajo:

 

 

 

“Menem y Uribe sin lugar a dudas demostraron que el arte de negociar es una herramienta fundamental para crear consenso y alcanzar un objetivo específico, en este caso las reformas constitucionales. Sin embargo, en cuanto a lo que esas reformas lograron para la institucionalización del decisionismo, la reforma Argentina sería mucho más ambiciosa que la colombiana.”

 

MARCO TEÓRICO:

 

El marco general para hablar de decisionismo y neodecisionismo se va a tomar los trabajos de Schmitt, Beneyto, el libro de Leiras

 

La investigación tomara los trabajos de Gil Dorland y Griselda López para hablar tanto del contexto histórico en el que se desarrolló el liderazgo de Menem como para hablar de arte negociador del menemismo.

 

Las investigaciones de Alberto Baldioli y Santiago Leiras serán utilizadas para describir y fundamentar el escenario neodecisionista imperante durante el mandato de Menen y también ayudará identificar esos elementos en el gobierno de Uribe.

 

Por su parte para contextualizar y edificar la imagen del Álvaro Uribe serán utilizados los trabajos de Ramiro Bejarano y Thomas Colombet. Igualmente Pedro Medellín será utilizado para hablar de las teorías de la primacía de la gobernabilidad tarifada y por otro, el nuevo valor social de la intimidación que sirven para analizar el comportamiento político en Colombia

 

 

Las reformas constitucionales en Argentina y Colombia

 

Las reelecciones

 

Por definición se pueden entender las reelecciones como, la forma en la que el gobernante vuelve a ser elegido

 

La democracia como forma de gobernar y organizar una sociedad tiene diferentes tipos de expresión, representados en los diferentes sistemas políticos, entiéndase por esto el sistema parlamentario, el presidencialista, el semi-presidencialista o semi-parlamentario. Bajo este precepto y con miras a desarrollar el tema de este trabajo, se hace vital hablar de los regímenes presidenciales y la reelección presidencial, sobre todo los sistemas políticos de América Latina, región del mundo, donde estos regímenes presidenciales son predominantes.

 

El nacimiento del régimen presidencialista puede remitirse a la independencia de los Estados Unidos de América y la construcción de su Estado. Como es bien sabido, este país del norte en algún momento fue colonia de los ingleses, durante su proceso de independencia y liberalización de su pueblo, surgió la duda sobre cuál sería el camino hablando en términos políticos que el país debería seguir, en esa época el único sistema democrático que se conocía era el la monarquía parlamentaria que manejaban los ingleses.

 

Al contrario de sus ex-dominadores, los estadounidenses no querían crear una monarquía en su país ni tampoco quería tener un dictador, es entonces cuando los padres fundadores de esta nación se reúnen, y es así como nace la primera constitución política del mundo y el primer régimen presidencialista del mundo. El primer presidente de este nuevo Estado fue George Washington, quien sería la cabeza del ejecutivo durante dos periodos y generaría un precedente en términos de reelección.

 

Sin embargo, el sistema que tienen los Estados Unidos es muy diferente al que luego se desarrollaría en la mayoría de los Estados latinoamericanos, puesto que para los estadounidense la elección del presidente no es directa sino que se hace a través de colegiados, para la mayoría de los Suramérica y Centroamérica la elección del presidente se hace de forma directa lo que plantea una diferencia importante tanto en el trasfondo del sistema como para la figura de la reelección.

 

La reelección puede ser puesta a prueba desde dos puntos de vista, por un lado, puede ser entendida como una especie de premio que obtiene el gobernante por su buen desempeño como mandatario, además de la generación de continuidad en muchas de las políticas que se puedan desarrollar bajo su gobierno, puesto que en ocasiones el lapso de 4 o 5 años puede ser muy corto para consolidar diferentes políticas que se querían desarrollar bajo el mandato de este determinado individuo.

 

Por el otro lado, las reelecciones pueden ocasionar deferentes dinámicas que van en contra del buen desempeño de un sistema presidencialista, como por ejemplo en ocasiones el mandatario durante su primer periodo no se concentra en ser un buen gobernante, sino lo ve más como una fuente para sus campaña política para las siguientes elecciones es lo que se conoce candidato presidente, y se dedica es a conquistar a su pueblo a través de actividades proselitistas y no a generar cambios y mejoras estructurales. Así mismo, la reelección, puede generar la duda de ¿Cuántas reelecciones son suficientes? Puesto que las reelecciones consecutivas sin tener un límite y determinar cuándo es suficiente, puede transformar el régimen presidencial en una dictadura y más con los poder excepcionales que tienen los presidentes y de los cuales se hablara en el siguiente temario.

En cuanto a los casos específicos que se trataran en este trabajo es importante enfocar el tema, en cuanto a Colombia debe resaltarse que recién se independiza en 1819, gracias a la Batalla de Boyacá, su primer presidente sería el libertador Simón Bolívar, para esa época, la reelección era permitida y él mismo fue reelecto, aunque es importante resaltar que en ese tiempo, las elecciones no eran como se conoce hoy, el voto sólo hacía una parte muy reducida de la población. Después de varias batallas constitucionales y de tener casi 20 constituciones en menos de 50 años, en 1886 se crea una constitución de un corte bastante conservador, la cual permitirá esta opción. Durante el siglo XX esta Constitución tiene varios cambios, sin embargo, sólo en una oportunidad se reelegirá a un presidente y no en mandatos continuos, López Pumarejo de partido liberal, quien en su segundo mandato renunciara por varios escándalos de corrupción y la presión de un oposición conservadora.

 

Para el final de la década de los ochenta, Colombia se encontraba en una crisis política, social y económica, ésta acelerada por un conflicto interno y la presión de los narcotraficantes. Todo lo anterior, llevo a la generación de movimientos sociales sobre todo los compuestos por lo estudiantes, en este caso el movimiento que se conocería como la séptima papeleta, el cual pedida el llamado a una Asamblea Constituyente para la creación de una Constitución Política mucho más incluyente, el fruto de estas demandas por parte de sería la creación de esta asamblea y luego la Constitución de 1991, esta carta magna, prohibiría la reelección presidencial.

 

Durante los años noventa, esta prohibición se mantendría y ninguno de los presidentes electos, -que fueron tres, Carlos Gaviria, Ernesto Samper y Andrés Pastrana-. No obstante, al llegar Álvaro Uribe a la presidencia se cambia este precedente, él pasa un la ley para reformar la constitución y entre esas reformas está la de permitir una segunda reelección, la ley pasa en el congreso, se reforma la Constitución y para el 2006, Uribe es reelegido, convirtiéndose en el primer presidente reelecto después de 60 años y en el primero del siglo XXI.

 

 

Facultades excepcionales de los presidentes

 

Las facultades excepcionales con las que están envestidos los líderes de la rama ejecutiva bajo un régimen presidencial, no son un novedad en este tipo de sistemas de hecho es importante remitirse a el nacimiento institucional de estas facultades tuvo su origen en la República Romana de la Antigüedad –año 509 a.c. –. Entre los cargos o institutos de la República estaba el de Dictador: el mismo era otorgado a un ciudadano cuando Roma estaba frente a un peligro inminente, por lo tanto el Senado le concedía, cuando existía una situación de excepción, el bastón de mando y el período de tiempo que tenía para resolver la situación era de seis meses; cumplido ese lapso, el Dictador le devolvía el bastón de mando al Senado, empero, de necesitar más tiempo para resolver el problema, era el propio Senado quién le otorgaba otro voto de confianza o elegía otro magistrado para el cargo. El Estado de Excepción en Roma podía ser decretado en casos de conflicto externo, guerra civil, o conmoción interior en la metrópoli o las colonias. El Dictador podía pertenecer al Senado, ser un Cónsul, o simplemente un patricio, un ex cónsul o militar retirado a la vida civil –como por ejemplo: Lucio Quincio Cincinato–. (Baldioli-Leiras 2010)

 

Se debe resaltar, que el principal riesgo que se corre cuando se le otorgan estas facultades a un presidente, o en general al líder del sistema, es que éste decida perpetuarse en el poder, es en ese momento en el que se rompe el límite entre esos poderes excepcionales de los que se hablaba en roma y se pasa a tener lo que se conoce como una dictadura. Sin embargo hay que remitirse al teórico político Carl Schmitt, quien deferencia la dictadura comisaria de la dictadura soberana, para él:

 

  • La dictadura comisaria es la que es llevada a cabo por un magistrado de la república, el reino o el imperio, o según sea el caso, este comisario anteriormente nombrado puede ser un cónsul, un militar de alto rango, un senador, un príncipe, el rey o el presidente, un ejemplo de lo anterior es lo que sucedía en el caso romano, en cambio, la dictadura era aceptada solo por un tiempo predeterminado, al igual que en el caso de la dictadura que proponen los teóricos modernos, ya que esta última se propone como “pauta moderadora” para reordenar las instituciones y el escenario político, y luego entregar el gobierno a las autoridades constituidas y constitutivas legalmente para tal efecto.
  • La dictadura Soberana es la ejercida por una parte de la ciudadanía, cual tratara de formar o constituir una nueva nación, una nueva Constitución, en realidad lo que pretende es generar un revolcón en el sistema político que se tenía antes de ésta. El mejor ejemplo de esta dictadura y el que más cita Schmitt es el de “la dictadura del proletariado” impuesta por Lenin en los albores de la Revolución bolchevique que derribará para siempre a la Rusia de los zares, la cual luego se transformaría en el Estado Soviético. (Baldioli-Leiras 2010. p:28)

 

En definitiva se puede hablar que para poder llegar a una verdadera dictadura debe existir una revolución previa, llámese como se llame, sea golpe de Estado o revolución social, por lo que esto trazaría esa línea que divide las facultades excepcionales que se le otorgan en este caso a los presidentes, de la construcción de una dictadura a partir de ellas. No obstante, se debe ser muy cuidadoso con ellas porque existen ocasiones en la que se puede dar el salto entre estas facultades y una dictadura sin la necesidad de una revolución, como el primera caso del que se tiene conocimiento es el de Julio Cesar (100 a. C.–44 a. C.) quien se hace nombrar forzadamente por el Senado en dictador perpetuo. Al igual que Julio Cesar, pero en épocas contemporáneas, regímenes como el de Leónidas Trujillo en República Dominicana, Alfredo Ströessner en Paraguay, o Francisco Franco en España dejaban que existieran elecciones de cargos menores con lista única, para resaltar una suerte de “parodia democrática”, dentro de esos “temibles y duraderos regímenes autoritarios del siglo veinte”. (Baldioli-Leiras 2010. p: 29). La gran diferencia que se debe resaltar es que estas dictaduras no se constituyeron para cambiar el sistema y para revelarse en contra de él, sino más bien para mantener el statu quo el cual les convenía a toda costa.

 

En el caso Colombiano, la regulación que hizo la Constitución de 1991 introdujo cambios en la configuración de las facultades extraordinarias, ahora estas facultades son mucho más rígidas y restringidas en sus alcances. Se mantienen los elementos básicos de temporalidad y precisión en las materias, pero la duración hoy es de máximo seis meses y en lo concerniente a las materias de las que puede ocuparse el Presidente aparecen unas restricciones muy específicas. Todo esto está plasmado en la Constitución política de Colombia la cual afirma que:

 

ARTICULO  213. En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República.

Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos.

Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público. El Gobierno podrá prorrogar su vigencia hasta por noventa días más.

Dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga del Estado de Conmoción, el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales. El Presidente le pasará inmediatamente un informe motivado sobre las razones que determinaron la declaración.

En ningún caso los civiles podrán ser investigados o juzgados por la justicia penal militar.

ARTICULO 214. Los Estados de Excepción a que se refieren los artículos anteriores se someterán a las siguientes disposiciones:

Los decretos legislativos llevarán la firma del Presidente de la República y todos sus ministros y solamente podrán referirse a materias que tengan relación directa y específica con la situación que hubiere determinado la declaratoria del Estado de Excepción.

No podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales. En todo caso se respetarán las reglas del derecho internacional humanitario. Una ley estatutaria regulará las facultades del Gobierno durante los estados de excepción y establecerá los controles judiciales y las garantías para proteger los derechos, de conformidad con los tratados internacionales. Las medidas que se adopten deberán ser proporcionales a la gravedad de los hechos.

No se interrumpirá el normal funcionamiento de las ramas del poder público ni de los órganos del Estado.

Tan pronto como hayan cesado la guerra exterior o las causas que dieron lugar al Estado de Conmoción Interior, el Gobierno declarará restablecido el orden público y levantará el Estado de Excepción.

El Presidente y los ministros serán responsables cuando declaren los estados de excepción sin haber ocurrido los casos de guerra exterior o de conmoción interior, y lo serán también, al igual que los demás funcionarios, por cualquier abuso que hubieren cometido en el ejercicio de las facultades a que se refieren los artículos anteriores.

El Gobierno enviará a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición, los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades a que se refieren los artículos anteriores, para que aquella decida definitivamente sobre su constitucionalidad. Si el Gobierno no cumpliere con el deber de enviarlos, la Corte Constitucional aprehenderá de oficio y en forma inmediata su conocimiento. (Constitución Política de Colombia, 1991)

En el caso argentino la Constitución Argentina:

·         Participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar.

El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.

Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros.

El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras. Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso. (Constitución política de Argentina)

Como se puede evidenciar ambos países permite que sus presidentes tengan facultades excepcionales, facultades que en gran media facilitaron el desarrollo de un decretismo, como manera de gobernar y de hacer viable sus planes durante su periodo presidencial.

 

Liderazgo político: La reforma negociada

 

El neodecisionismo

 

Los dos grandes líderes que están presentes en este trabajo, Menem y Uribe, son líderes que fueron electos durante los últimos 20 años, esta razón de temporalidad impone que en el contexto en el que se desarrollan y las acciones que llevan a cabo al interior del gobierno, hace que sean considerados más unos dirigentes neodecisionista que decisionista. Por lo tanto en este aparate del trabajo, se hace necesario entrar a discutir este tema con relación a los dos casos mencionados con anterioridad.

 

Para definir este término se puede plantear que, ell neodecisionismo tiene las características esenciales que tiene el “viejo” decisionismo pero a diferencia de este, si bien mantiene la idea de un liderazgo fuerte en el Poder Ejecutivo, es proclive a un Estado sin tanta funcionalidad y centralidad ante la sociedad, propicio con las ideas del neoliberalismo y su Estado Mínimo, y del neoconservadurismo con sus planes sociales focalizados y su folclore de valores socio-políticos. (Baldioli-Leiras 2010. p: 44)

 

La transformación sistémica que se dieron durante de los años 80 y 90, la caída del muro de Berlín y con él la caída de un modelo económico alterno al capitalismo, la globalización y las políticas económicas que lo instituyeron y sobre todo las crisis que se vivieron durante esa época en la mayoría de los países de América Latina hicieron que el Fondo Monetario Mundial Y Banco Mundial le hicieran a estos Estados algunas recomendaciones para superar la problemáticas económicas en las que se estaban ahogando. Gracias a esta nueva visión del Estado y del mundo de la economía es como una nueva estatalidad más permeable que redefinirá sus modalidades de relación con la sociedad y de la sociedad con el Estado. Por estas razones, puede decirse que el decisionismo “estatista” de la década del 20 se convirtió en “gubernativo” y “anti-estatista” en el último decenio del siglo XX y es lo que se conoce como neodecisionismo. (Baldioli-Leiras 2010. p: 44)

 

Mientras esto sucedida al interior de los Estados, en el mundo, el discurso de legitimación del “Nuevo orden neoliberal” se basó en la reducción del Estado a toda costa y en la desregularización de los mercados, se plantea entonces un Estado minimalista, donde su vínculo con la economía sea muy poco y donde su labor frente a temas sociales también lo sea. Así mismo, este discurso afirmaba que la liberalización de los mercados y la reducción de los Estado se podrían generar situaciones de crisis, resistencias por parte de la sociedad y sobre todo de los sectores más pobres, puntos de ruptura, y lo más importante para este tema del neodecisionismo, situaciones donde se llevaba a los países a declararse en estados de excepción y por tanto en otorgarle facultades excepcionales a los presidentes de turno. Esto sería fundamental para la generación de un orden después de la instaurar estas medidas neoliberales, los cual significaba crear un marco decisionista para poder llevar a cabo todos los cambios que este nuevo sistema requería al interior del territorio nacional.

 

Frente a este tema el libro “Estado de Excepción y Democracia en América Latina” plantea que:

 

El nuevo intervencionismo del estado, necesario para garantizar las nuevas reglas de juego en las que pudieran desencadenarse “las fuerzas libres y espontáneas del mercado”, apareció acompañado por dos lógicas contradictorias de legitimación y, por lo tanto, por un nuevo balance entre legitimación/ represión. El orden del mercado, en tanto se caracterizó por conformar una soberanía difusa en los aspectos político-sociales y por manifestarse solamente en forma espectral en la esfera pública estatal, no podía legitimarse sino a partir de una lógica eficientista para conjurar una crisis que, por otra parte, era invocada como la única alternativa posible a las políticas neoliberales. (Baldioli-Leiras 2010. p: 45)

Durante la década de los noventa, se entendía a la democracia fue tergiversada, ya no era entendida como una forma de gobierno en el que la voluntad soberana es de todos sino que se intentaba llevar a su estado más reducido, don solo unas elites pudieran tener el control, evitando a toda costa la participación activa en las decisiones políticas por parte de la ciudadanía. De la igual forma responsabilidad del elegido hacia sus electores también disminuyó, para evitar los conflictos que de esta relación se pudieran devengar. La democracia sólo funcionaba en esta perspectiva, si se garantizaba que los parlamentarios en sus decisiones fueran independientes de todo control y compromiso específico con los votantes. Una vez elegidos, tomaban sus decisiones según su parecer. (Baldioli- Leiras 2010. p: 46)

 

Según lo anterior se puede llegar a afirmar que, durante esta etapa, la democracia era puesta como una construcción del mercado, era un objeto más de la economía y se llegó a la conclusión de que el mejor modo de evitar que el Estado se entrometiera en algunos asuntos de debía era a través de una constitución que incorporara contenido normativo específico u otorgando el monopolio de ciertas decisiones a instituciones y mecanismos en donde no funcionara la democracia, por ejemplo a través de la ampliación de facultades presidenciales delegadas o la completa autonomía de los Bancos Centrales. (Baldioli-Leiras 2010. p: 46)

 

Frente a los dos casos planteados en este trabajo, es necesario tener en cuenta que se desarrollan en épocas distintas, como se había mencionado antes, a pesar de esto, tienen gran relación puesto ambos Estados se encontraban en profundas crisis tanto sociales políticas y económicas.

 

Un por un lado, se encontraba una Argentina recién entrada a la democracia, con grandes esperanzas frente a este sistemas, las cuales estaban bastante mal debido, a lo sucedido durante el gobierno de Alfonsín. La llegada de Menem impone una ruptura de un paradigma, es la llegada de ese líder que iba a salvar y cambiar el rumbo del país austral, sus promesas de mejorar la economía, centrarse en lo social y castigar a los que debían ser castigados, llevaron a que gran parte de la población lo apoyara y lo idolatrara. Su gobierno es entendido como una bisagra, puesto que es un quiebre en la historia, donde ese nuevo contexto internacional, hace que el Estado se redefina al igual que el camino hacia la democracia.

 

Por el otro lado, si bien la historia colombiana es completamente diferente ala historia argentina, hay puntos de encuentro, en la medida en que al igual que la Argentina a principio de los noventa, Colombia a principios de siglo XXI también se encontraba en una crisis del sistema, agudizada por un conflicto armado, es en este momento cuando llega, Uribe Vélez, quien al igual que Menem rompe un paradigma y se convierte en un líder que le da esperanza a la población se convierte en un líder salvador con capacidades extraordinarias

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Se puede afirmar por lo tanto que, estos regímenes democráticos emergentes con sociedades civiles débiles con crisis al interior de los núcleos de su estructura como sociedad, así mismo con estados jaqueados y capturados por las grandes élites de poder, llegaron a un punto donde la democracia, como sistema político no podía resolver ninguna de las problemáticas que la realidad le planteaba en términos de legitimidad. En este sentido la aparición de estos líderes salvadores tienen un gran sentido en la medida que otorgaba un campo de solución a esta ecuación irresoluble, líderes que se dedicaron a tomar las decisiones por su cuenta. El decisionismo presidencialista como teoría del poder y las distintas variantes de neoconservadurismo populista de mercado como contenido ideológico (Pinto, 1996) se presentaron en 1990 como una cabal expresión y al mismo tiempo como un intento de respuesta a dicho dilema. (Baldioli-Leiras 2010. p: 47)

 

El líder neodecisionista en funciones presidenciales tratará de dividir y cooptar a la oposición política y a la sociedad, dominar al Poder Legislativo, y tener un Poder Judicial adicto o en su defecto neutralizarlo; con todo esto, el presidente tendrá un poder omnímodo y monolítico que lo acercará a la suma del poder público (Baldioli- Leiras 2010. p: 47)

 

El ejemplo por antonomasia del neodecisionismo, es de la presidencia de Menem, su gobierno admitió haber dictado ciento sesenta y seis decretos de necesidad y urgencia al contrario de los escasos diez que firmo Alfonsín durante su mandato. No todos tuvieron el mismo carácter. Algunos de ellos bien podrían haber respondido a esa tendencia del gobierno menemista por actuar solo o autocráticamente. En este sentido, podría decirse que el Poder Ejecutivo presuponía una oposición legislativa a sus políticas y emitía ese tipo de decretos a modo de golpe preventivo con la intención de forzar una negociación con el Congreso en un tema determinado14. Un ejemplo de decreto como “golpe preventivo” lo habría constituido el que estableció la desregulación económica (Decreto n º 2284/91), un “megadecreto” que “desreguló el comercio interior de bienes y servicios y del comercio exterior e implementó una reforma fiscal, entre otros temas” 15. Con posterioridad, el Poder Ejecutivo envió un proyecto al Congreso con el objeto de convertir en ley lo establecido en el decreto. En cambio, el controvertido decreto 36/90 conocido como “Plan Bonex” impuso en forma sorpresiva la “devolución de los depósitos en australes en Bonex” estimando que la discusión al interior del Congreso habría impedido la implementación de la medida y disparado aún más los indicadores económicos. Finalmente, fueron varios los casos en que el Poder Ejecutivo habría apelado a los decretos como último recurso frente a la reticencia del Congreso en tratar o aprobar determinados proyectos de ley propuestos por aquél.( López,2007)

 

El arte de negociar

 

La capacidad de liderazgo y de una verdadera cooptación de público es una cualidad que es muy difícil de desarrollar y sólo unos cuantos la lograr alcanzar. Dentro de esta cualidad existe una prioridad a la hora de desempeñarse como gran líder y es manejar el arte de negociar, negociar no es simplemente transar intereses o dinero, transar va más allá de la actividad, de hecho es un arte, el arte que un buen dirigente debe manipular a la perfección. En otras palabras, el estadista tiene una capacidad que difícilmente pueda ser enseñada y, en este sentido, su aptitud se asemeja al don artístico. Esta aptitud se agudiza en tiempos de crisis y peligro. Situaciones como las que se mencionaron anteriormente.

 

Siguiendo con esta línea de pensamiento no sería muy disparatado afirmar que tanto como Menem y Uribe cuenta con este Don artístico, el cual los llevo a negociar con las diferentes ramas del poder y sacar adelantes proyectos que beneficiaban su carrera política. Por el lado de Menem se puede decir que su obra de arte incluyó cambios de imagen, de ideas y estilo de liderazgo. Por ese camino construyó su ascenso y consolidación en el poder al tiempo que conduciría al país a una situación nueva, una etapa democrática dotada de un ideario económico y político diferente y el cual perduraría hasta el presente.


  
Lo que convierte a Menem en un artista de la negociación, es que logro interpretar claramente la situación problemática en la que se encontraba Argentina cuando él asumió la presidencia y no sólo cambiar ese ambiente hostil en el que se encontraba la mayor parte de la población del país sino haberlo aprovechado para afianzar su propio poder, convirtiéndose así    en el referente de la vida política argentina durante diez años y proveer un nuevo sistema de reglas de juego, expresado en la Constitución reformada en 1994, que rige en la actualidad.

 

Después de la vuelta a la democracia y las grandes problemáticas que se dieron durante el gobierno de Alfonsín, sobre todo lo sucedido con la hiperinflación, que termino por acabar con su vida política, Raúl Alfonsín entregó el poder al presidente electo Menem en julio de 1989, seis meses antes de lo debido. Este primer antecedente creó las condiciones propicias de negociación para Menem. Se trataba de un contexto de emergencia en el que el partido justicialista, la Unión Cívica Radical y demás partidos pequeños acordaron en ambas cámaras del Congreso la delegación de poderes legislativos al Poder Ejecutivo por medio de la sanción de las leyes de emergencia económica y de reforma del estado que comentamos. A cambio de la asunción anticipada, Menem obtuvo del radicalismo desgastado el compromiso de facilitar la aprobación de todas las leyes económicas que desde el Poder Ejecutivo se enviaran al Congreso. (Llanos, 2001, p.28)

 

Así mismo, es importante resaltar que en las elecciones legislativas de 1989 el partido justicialista le gana a los radicales, este recambio legislativo sólo operaría hasta diciembre de ese año por lo que resultaba importante la cooperación radical y de otros partidos a fin de sancionar leyes que el gobierno que eran esenciales para la legitimización del gobierno. La Unión de Centro Democrático (en adelante Ucedé) y partidos provinciales que habrían compartido un pensamiento de centro-derecha sumaron su apoyo a las políticas decididas por el gobierno, un apoyo nada despreciable para un presidente que se había asumido como peronista en tiempos de campaña electoral y que instauraba desde el gobierno la apertura económica y el achicamiento del Estado. Aun operado el ingreso de legisladores justicialistas, el gobierno continuaba precisando de las coaliciones puesto que contaba con mayoría absoluta en la Cámara de Senadores, pero no en la de Diputados.

A pesar de tener todos estos factores a su favor no hubiera podido lograr gran cosa sin lo que afirman estos dos autores, según Pablo Gerchunoff y Juan Carlos Torre, parte de esa disciplina se debió al hábil empleo que Menem habría hecho de los “recursos económicos y políticos del patronazgo estatal” a fin de lograr mantener bajo control a la “tropa” justicialista que incluía no sólo a los dirigentes partidarios sino también a los sindicatos. El acceso a la presidencia de la nación posibilita el manejo de la distribución de cargos y el ejercicio de presión y persuasión económicas a fin de consolidar una coalición de apoyo. (Gerchunoff y Torres. P.739).

Para comprobar esta disciplina de partido, se observa entonces lo que ocurrió durante la primera presidencia de Carlos Menem, al interior del partido justicialista, el partido apoyaría las iniciativas de ley que presentaría el presidente, las cuales serían de vital importancia para que se definiera el rumbo del gobierno.

Aunque, surgieron diferencias entre el Poder Ejecutivo y su partido en el Congreso, las cuales se revelaron por las insistencias de éste último que superaron en número a las que tuvieron lugar bajo la presidencia radical. Cuatro de las once insistencias votadas por el congreso fueron a iniciativas del Poder Ejecutivo. Sin embargo, dichas insistencias no lograron acabar con el inminente liderazgo presidencial. No debe olvidarse que Menem provenía del peronismo y había provisto a su campaña electoral de un discurso netamente populista por lo que era preciso tal vez exagerar la fuerza de sus convicciones neoliberales con tal de persuadir a los grandes grupos económicos y al capital financiero, tanto nacional como extranjero, sobre sus orientaciones económicas. En definitiva, había un “problema de credibilidad” que Menem debía resolver y lo hizo. (op. Cit. Gerchunoff y Torres. pp. 735-736). Su capacidad para negociar, manejar y transar fue inminente, Menem puede considerarse como un maestro de este arte. Sin lugar a dudas, la obra maestra de este artista es su reforma constitucional y modificaría la carta magna para poder reelegirse a través de lo que se llamó el pacto de olivos.

Desde el lado colombiano se puede encontrar, si bien otra facetas de la forma en la que se negocia, en la esencia, Uribe tiene muchas similitudes a lo que fue un proceso que desembocaría en la aprobación de un proyecto de ley que reformara la Constitución y permitiera la reelección de mismo. Como ya se ha mencionado anteriormente Este presidente marcaría un antes un después al igual que lo hico su par argentino, para muchos Uribe fue un mandatario inteligente y que dejaría su huella para siempre plasmada en la sociedad colombiana, y de hecho lo hizo, fue el primer presidente reelegido de este siglo.

No fue una tarea fácil y al igual que Menem, Uribe también es un artista de la negociación. Sin embargo, hay que tener en cuenta que Uribe no contaba con un partido tradicional como en el caso del presidente argentino, ni tampoco contaba con esa disciplina de partido, a pesa resto, logro consolidar y aliarse con los partidos tradicionales colombianos, así como con los nuevos. Sin lugar a dudas es un verdadero maestro.

Lo anterior quedo demostrado en lo que más tarde sería conocido como el escándalo de la Yidispolitica, negociación que serviría para que la reforma constitucional que permitiera la reelección fuera aprobada en el congreso. La Yidispolitica  es el nombre con el que se conoce al escándalo político desatado en Colombia en abril de 2008 , como consecuencia de las declaraciones de la ex Representante a la Cámara Yidis Medina quien admitió haber recibido ofrecimientos de dádivas de parte de funcionarios del Gobierno Nacional a cambio de su voto favorable al proyecto de reforma constitucional que permitió que Álvaro Uribe Vélez aspirara a un segundo mandato presidencial y de hecho que lograra llegar a la presidencia. Durante los procesos de investigación, e l presidente Uribe, uno de los señalados por Medina, al ser cuestionado ha respondido con la frase: "El Gobierno Nacional persuade; no presiona ni compra conciencias". Lo cual generó bastante polémica al interior de la sociedad en general (Secretaría de Prensa de la Casa de Nariño 2008), lo que demuestra la capacidad de este presidente para negociar, el negociador en definitiva persuade

En abril de 2008, días después de la entrevista a diario colombiano El Espectador, Noticias Uno transmitió un video en el que la ex congresista Yidis Medina admite ante Daniel Coronel, director del noticiero, haber aceptado sobornos de parte del propio presidente Álvaro Uribe y de algunos de sus cercanos colaboradores, entre ellos Sabas Pretelt para entonces Ministro del Interior y de Justicia, para cambiar su voto en la comisión primera de la Cámara de Representantes en el proyecto de ley tramitado por el gobierno para permitir la reelección presidencial inmediata que le daría la oportunidad a Uribe de aspirar a un segundo mandato. El video fue grabado en agosto de 2004 pero el periodista y la entonces congresista pactaron que el video solo sería revelado en caso de que a ella le sucediera algo, puesto que afirmó haber recibido amenazas contra su vida. Medina dijo que el video también podía revelarse en el caso de que ella no recibiera lo pactado con el gobierno. Tanto el Presidente Uribe como sus funcionarios han negado las acusaciones de Medina. Uribe dijo que se había reunido con ella pero nunca había ofrecido a ella ni a ningún otro parlamentario nada a cambio de su voto.

Este es uno de los ejemplos de la manera en la que Uribe negociara, si bien no es como lo hizo Menem y no es una forma legal, si logró su cometido, de pasar el proyecto de ley y luego de lograr su aprobación, razón por la cual lo convierte en un artista junto con su par argentino.

 

 

Los alcances de las reformas constitucionales:

 

Colombia

 

En el año 1990 se convocó a los colombianos para que eligieran a los representantes que conformarían una asamblea nacional constituyente, de la cual se crearía la Constitución de 1991, esta constitución ratificó a Colombia como una república presidencialista, limitaba el periodo presidencial a cuatro años. Constitucionalmente la reelección presidencial había sido prohibida, sin embargo, después de la reforma hecha por Uribe, esto sería posible.

 

Las reelecciones presidenciales acarrean diferentes consecuencias para la sociedad, para el sistema político y para la construcción del Estado en dentro de este análisis vale la pena resaltar ciertos puntos que son de vital importancia para la vida del Estado colombiano, Un primer punto interesante hablar de la rigidez y de la crisis de gobernabilidad en los sistemas. J. Linz señala que una de las características más importantes de los sistemas, es el hecho que los presidentes son elegidos por un periodo de tiempo determinado, que bajo circunstancias normales, no se pueden modificar, siendo este periodo fijo lo que le da la “Rigidez” al sistema presidencialista.(Linz, 2008. p. 37) Se podría decir entonces que, la Reelección intentaría romper esta Rigidez, y abrir la posibilidad de un gradual fortalecimiento del Estado, favoreciéndose con ello la gobernabilidad.

 

Sin gobernabilidad no hay desarrollo, la gobernabilidad es la conducción política que define el ejercicio de gobierno, debe ser entendida en su exacta dimensión: como el medio de superación de conflictos a través de la conjunción de las fuerzas divergentes en un proyecto social integrador y unificador. Medellín Torres, señala que la crisis de Gobernabilidad se evidencia cuando existe inestabilidad en los gobiernos, cuando es reducido el papel que desempeñen los partidos políticos en un contenido de desideologización, y cuando hay sustitución de la política por la administración. (Medellín, 1988, p.45)

 

Sin embargo, se puede resaltar que hasta ahora le estaba prohibido al gobierno, involucrase en la política electoral, y se temía que ante la aprobación de la reelección presidencial, los actos de gobierno se encuentren todos dirigidos, no ya plenamente al cumplimiento de las políticas públicas, sino también a garantizar la reelección, lo anterior se ve claramente evidenciado en la intención por parte del gobierno de reformar nuevamente la constitución para permitir una segunda reelección y no de poner todas sus fuerzas en solucionar los distintos problemas que posee el Estado colombiano .

 

Por un lado, se puede decir que esta figura, constituye un motivo para rendir cuentas al electorado, por el otro, es una figura que genera aún más corrupción puesto que es una puerta abierta para invertir el dinero público en campaña electoral. Así mismo, es mucho más propenso a la violación del derecho a la igualdad de los candidatos a la presidencia de la república, en lo que tiene que ver con la financiación de las campañas (utilización de recursos públicos en la campaña de reelección como ya se había dicho), y la publicidad y el manejo de los medios de comunicación, que presentan al presidente en campaña todo el periodo de gobierno; frente a esto los defensores de la figura argumentan, que todos los actos desplegados por el gobierno central se centran en presentar una rendición de cuentas a los colombianos, y que se generará un control y vigilancia continuos al gobierno respecto a su proceder, no solo por parte de los organismos de control, sino ejercidos también por la oposición y el gobierno mismo, generando nada más que una mayor responsabilidad del ejecutivo frente al electorado colombiano, en lo que respecta al cumplimiento de sus propuestas programáticas.

 

Por su lado, los opositores de la figura advierten que se puede presentar violación al derecho a la igualdad de los candidatos a la presidencia en la contienda electoral, y esta radicaría en que la reforma mantiene para todos los altos funcionarios públicos, la inhabilidad para ser candidatos mientras sean funcionarios públicos, de tal forma que el único que puede tener esta alternativa jurídica y constitucionalmente será el presidente, el candidato presidente, lo cual ya es un injusticia en sí.

 

Frente al tema de la oposición; llámese los partidos y movimientos políticos, podrían generar una fuerte y decidida organización, no solo al interior de los mismos, sino un completo despliegue organizacional de sus electores, para llevar adelante un coherente y disciplinado proceso de oposición al gobierno central. En caso de no obtener el presidente la mayoría de sus partidarios en el congreso, los partidos ejercerían control y oposición inmediatos al ejecutivo, presionándolo desde el primer día de elección, por lo tanto, se puede afirmar que una reelección en gran medida permite el fortalecimiento de la oposición en la medida que esta se organiza al ver que su adversario es muy fuerte. Sin embargo, en el caso colombiano se puede ver los dos lados del espectro, un principio si bien la oposición si se organizó, a la cabeza El Polo Democrático Alternativo, logro posicionarse como el primer partido de izquierda de Colombia y alcanzó varias curules en el congreso y la Alcaldía de Bogotá. Ahora se ha visto en declive y la oposición ya no tiene ni pies ni cabeza está desorganizada y en su mayoría se le vende al mejor postor.

 

Argentina

 

La Constitución reformada en 1994 regula en forma muy explícita algunas atribuciones del Poder Ejecutivo, como su facultad para emitir decretos de necesidad y urgencia,  vetar parcialmente las leyes así como las condiciones de la delegación legislativa.  

La reforma constitucional deja sin delimitar los alcances de las circunstancias excepcionales y con ello le otorga al presidente que los declare un gran poder, el poder de legislar. No obstante, ni aún en situaciones excepcionales podrá el Poder Ejecutivo ejercer funciones de legislador en materia penal, tributaria, electoral o con relación al régimen de los partidos políticos. La disposición constitucional prescribe que una ley especial sancionada con el voto de la mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara, regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso. El decreto de necesidad y urgencia debe ser decidido por el Presidente en un acuerdo general de ministros y junto al Jefe de Gabinete. Todos ellos deben refrendar el decreto y respecto a él son solidariamente responsables. El Jefe de Gabinete, dentro de los diez días de emitido el decreto debe presentarse ante el parlamento a los efectos de que la Comisión Bicameral Permanente (cuya formación debe respetar las representaciones políticas de cada Cámara) creada por mandato del mismo artículo 99, controle el decreto en cuestión. La Comisión tiene diez días para elevar su dictamen al plenario de cada Cámara a fin de que aprueben la norma. (López, 2001)

 

Asi mismo, la Convención Constituyente eliminó el requisito de seguir el culto católico para la elegibilidad del presidente y además redujo su mandato a cuatro años. No sólo cambio eso sino que también se estableció que el presidente puede ser reelecto en forma inmediata por un nuevo período, una disposición que favorecería inmediatamente a Carlos Menem y que de hecho lo hizo puesto que el fue reelecto al igual que Uribe en Colombia. Debido a que, se estipuló que la norma se aplicaría al presidente en ejercicio al momento de sancionarse la reforma constitucional, considerando aquel mandato como primer ciclo presidencial. Si bien autores como Natalio Botana consideran que admitir la posibilidad de reelección presidencial deja de lado una de las características más importantes de los sistemas presidencialista y de permite crea una hegemonía al Poder Ejecutivo (Botana, 1995), Es posible afirmar que, que brinda a la ciudadanía el medio de mantener en el poder a aquellos presidentes que estima han hecho un buen gobierno, a manera de reconocimiento y de premiación. Y como se mencionó anteriormente esto fortalecerá a la oposición. 

 

 

En materia judicial, la Constitución reformada le dio autonomía funcional, rango constitucional y autarquía financiera al Ministerio Público y creó el Consejo de la Magistratura con las funciones que ya hemos explicado. También se modificó el procedimiento de selección de jueces inferiores y miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
 

Un punto bastante interesante es que, para el avance de los Derechos Humanos la ley fundamental reconoció rango constitucional a una serie de tratados internacionales de derechos humanos, situándolos por encima de las leyes ordinarias en la pirámide de organización jurídica (artículo 75 inciso 22). Incorporó un capítulo de nuevos derechos que incluye los llamados derechos de incidencia colectiva (derechos a la preservación del medio ambiente, el derecho del consumidor y el usuario); el derecho a interponer acciones de amparo frente a acciones u omisiones lesivas de derechos y garantías constitucionales; el derecho al habeas data y el habeas corpus. Consagró la iniciativa popular para el tratamiento de leyes y la consulta popular para decidir la aprobación de las leyes.   
 

Se puede resumir que la reforma cambió el sistema en términos de la supresión del colegio electoral en la elección a presidente, la elección directa de los senadores unida a la reducción de su mandato y la autonomía de la ciudad de Buenos Aires como eje político, habrían implicado un recorte a los poderes provinciales, hijo de la transacción entre Alfonsín y Menem, “representando” éste último en la mesa de negociación a las provincias del interior argentino. 

 

Conclusiones

 

Menem y Uribe, son dos líderes que quedaran escritos en los anales de la historia de cada uno de los respectivos países, tanto para Colombia como para Argentina, esto gobernantes cambiaron el rumbo de los Estados he hicieron que sus mandatos se convirtieran una verdadera obra maestra de las negociaciones.

 

Siguiendo con esta línea de pensamiento se puede concluir que, tanto Menem como Uribe, sin contar sus diferencias de temporalidad y la forma de expresarse y de gobernar, ambos lograron avanzar en su periodo presidencial gracias a su capacidad de negociar y de transar con las otras ramas del poder pero sobretodo con el congreso. Por un lado, Menem con su pacto de olivos logro consolidarse como el mandatario bisagra para historia argentina y sacar adelante una reforma que permitiría en primera medida su reelección y además alcanzar una serie de facultades que lo ayudaría a consolidarse como un líder neodecisionista. Por su lado, la reforma de Uribe fue mucho, menos pretenciosa que la de Menem puesto que, su gran fin no era la institucionalización del decretismo sino posicionarse como el gran líder de Colombia y hacerse reelegir.

 

Por lo tanto, se puede afirmar que la reforma de Menem le gana a la de Uribe en términos que cambiar un precedente y de hacer que el decretismo se institucionalizar como forma de gobernar y de sacar adelante los proyecto. Sin embargo no hay que dejar de lado que ambos son unos grandes artistas si se habla en términos de negoción y de alcanzar sus objetivos a toda costa.

 

Finalmente queda preguntarse si aquellas reformas, solucionaron por un lado la crisis de gobernabilidad que ambos Estados, y que si es el decretismo una forma de llevar adelante los gobiernos de aquellos lideres siempre tan populares y siempre tan odiados.

 

Buenos o malos, Dioses o Diablos, son términos que no se deben usara para tratar a estos mandatarios, lo cierto está en la bandeja de colores que se utilice y tanto Uribe como Menem pueden considerarse un arcoíris, donde lo uno real es que sus actuaciones sentaron un precedente nunca antes visto en ninguna de sus naciones

 

*Universidad Externado de Colombia. Carrera Gobierno y RRII.

 

 

BIBLIOGRAFÍA

 

LIBROS y ARTICULOS

 

 

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  • Secretaría de Prensa de la Casa de Nariño. abril 19 de 2008. Consultado el 11 de mayo de 2008.